Quantcast

Economía

BBVA contrata a Uría Menéndez ante un frente legal por los créditos ICO

La entidad vizcaína se hace con los servicios de uno de los mejores despachos del país para defenderse de la inédita demanda de una pyme contra el banco para impedir que le ejecute créditos covid

BBVA
Edificio La Vela en Madrid, sede de BBVA. EP

BBVA no se toma a la ligera el frente legal de los créditos ICO-covid. El banco ha contratado los servicios de Uría Menéndez, en el podio de los despachos de España, para afrontar la inédita demanda planteada por una pequeña pyme en Lérida para frenar la ejecución de créditos que se promocionaron como avalados al 80% por el Estado.

Los socios de la pyme han demandado al segundo banco español después de que este les comunicara que deberán responder con su patrimonio personal presente y futuro por el 100% de un préstamo que creían avalado al 80% por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Lo han hecho asesorados por el socio director del despacho Fieldfisher JausasJordi Ruiz de Villa, que tiene sobre la mesa otro centenar de posibles recursos. Por su parte, el banco ha contestado a la inédita demanda de 39 páginas con un escrito de solicitud de nulidad de otros 39 folios firmado por Carles Vendrell Cervantes, socio de Uría Menéndez desde el año 2019.

Repárese en las consecuencias que conllevaría el planteamiento de la demanda. Si se sigue la tesis de adverso, sucedería entonces que se trasladaría al Estado todo el riesgo de impago de las empresas prestatarias", alegan desde Uría. El riesgo de impago de estos créditos se ha disparado un 50% desde primavera, hasta los 30.000 millones

La pequeña empresa demandante del BBVA operaba con una treintena de empleados como prestadora de servicios de bienestar en el Aeropuerto de El Prat; con motivo de la pandemia, su actividad se vio severamente reducida. En abril de 2020, rubricó con el banco una póliza de crédito ICO de 140.000 euros, y luego otra por 140.000 euros también ese año.

A principios de este 2022, los titulares de la empresa -marido y mujer- se pusieron en contacto con el BBVA para avisarles de los problemas económicos de su firma en vistas a negociar una solución para los pagos mensuales -hasta el 20% del principal de los créditos ICO, que vencen en 2030-. Fue entonces cuando se encontraron con que la entidad financiera les reclama el 100%.

El pasado mes de marzo, los administradores de la empresa acabaron declarándola en concurso -la venta de lo que quedaba de la firma se repartió entre los empleados-. Por su parte, el BBVA les reclama, en concepto de responsables de la sociedad ahora extinguida, su patrimonio personal como respuesta al 100% de los créditos concedidos en 2020.

El BBVA reclama el 100%

Los socios demandantes esgrimen que el banco les ofreció el producto financiero condicionado a la obtención del "aval a primer requerimiento del ICO respecto del 80% de su importe". Asumieron así que, una vez conseguido el aval del ICO, lo que se comprometían a avalar era el 20% restante. En esa línea, exponen ejemplos de discursos de miembros del Gobierno, extractos de los medios de comunicación y de los anuncios comerciales de los propios bancos -como el mismo BBVA- que interpretan que promocionaban el producto en los términos asumidos por los denunciantes.

La demanda fue acogida en el juzgado de primera instancia 2 de Lérida el pasado 26 de septiembre. Los demandantes solicitan en definitiva la nulidad del pacto de fianza de las pólizas suscrito con el banco al hilo de los avales ICO-Covid-19 por entender que la entidad bancaria no les comunicó debidamente en su caso que el ICO solo estaba asumiendo una responsabilidad subsidiaria de lo que no pudiera afrontar el prestatario.

En otras palabras, que si la empresa deudora no pagaba el préstamo que estaba avalando, tendría que hacer frente al 100% del crédito con todos sus bienes presentes y futuros, y solo si no podía hacer frente al préstamo, el ICO se haría cargo del resto -no al revés, como se puede inferir de la expresión "a primer requerimiento"-. En esa línea, demandan que el aval a cubrir se reduzca al citado 20% -más intereses- y se condene al banco en costas en caso de oponerse.

"De haber sabido mis mandantes que 'garantía a primer requerimiento' no significa que el ICO paga primero y después el avalista, nunca habrían avalado un préstamo en favor de su empresa, pues nadie en su sano juicio arriesgaría todo su patrimonio personal por avalar un préstamo a su empresa prescindiendo del beneficio de la responsabilidad limitada de las sociedades mercantiles en medio de un colapso económico sin precedentes y con la empresa cerrada", razona el escrito presentado por el abogado de los demandantes.

"Los demandantes intervinieron en el Contrato de préstamo, en su propio nombre y representación, para conceder una fianza solidaria de 'todas las obligaciones' contraídas por FVS frente a BBVA, 'con renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división'"

"Los demandantes intervinieron en el contrato de préstamo, en su propio nombre y representación, para conceder una fianza solidaria de 'todas las obligaciones' contraídas por FVS frente a BBVA, 'con renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división'", alegan por su parte desde Uría, incidiendo en esos fragmentos del contrato para esgrimir que los demandantes eran conocedores de que se les podría reclamar el 100%.

"La concesión de los avales del ICO era una garantía más, adicional a las garantías habituales que las entidades financieras solicitan al conceder un préstamo a un empresario siempre que se cumplieran los requisitos previstos en esas normas", remarca la defensa del BBVA. "No era, por el contrario, una garantía sustitutiva de las garantías ordinarias que debían aportar empresas y empresarios".

Fuentes financieras esgrimen por su parte que "los importes concedidos a través de las Líneas ICO no son ayudas a fondo perdido, el solicitante, al igual que en todo tipo de préstamo, está obligado a devolver el 100% de la deuda". "Las entidades financieras son las encargadas de gestionar la recuperación de la deuda y, en su caso, la devolución a ICO del importe ejecutado en caso de recuperación tras el impago", añaden.

"Repárese, además, en las consecuencias que conllevaría el planteamiento de la demanda", incide la contestación del BBVA. "Si se sigue la tesis de adverso, sucedería entonces que se trasladaría al Estado todo el riesgo de impago de las empresas prestatarias". Según fuentes del Instituto de Crédito Oficial, el riesgo de impago de estos préstamos se ha disparado un 50% desde primavera, hasta los 30.000 millones.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.