El juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado ha defendido en su último auto que existe una diferencia penal entra la filtración del correo que la defensa del novio de Ayuso envío a la Fiscalía y la difusión de la respuesta del fiscal de delitos económicos Julián Salto. En un auto en el que el magistrado rechaza la petición del fiscal general del Estado de aplazar su declaración, el instructor sostiene que la filtración del primer correo se hizo sin el consentimiento de la persona a la que afectaba el secreto, en este caso el empresario González Amador, mientras que lo que ocurrió con el 'email' de la Fiscalía respondería a un acto en defensa del daño reputacional causado por las informaciones publicadas en distintos medios.
En este contexto, el juez añade que "parece razonable" deducir que tras la filtración de la comunicación enviada por el abogado Carlos Neira, con el reconocimiento expreso que en él se hace de que se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública, cuando aparece en determinados medios que al empresario "se le considera un defraudador confeso, sin serlo, con el daño reputacional que ello conlleva". De esta forma, el instructor a cargo de la investigación contra Álvaro García Ortiz niega en su auto que el reconocimiento por parte de su letrado de la existencia de dos delitos fiscales para llegar a un acuerdo de conformidad le convierta en un defraudador confeso.
Además, el magistrado da credibilidad a la declaración del jefe de prensa de la presidenta madrileña quien aseguró ante el Tribunal Supremo que no supo de la existencia de un primer correo electrónico en el que la defensa de González Amador se ofrecía para llegar a un acuerdo de conformidad hasta que dicho 'email' no fue publicado en la SER. El juez recoge también lo defendido por Miguel Ángel Rodríguez en Sala, y es que aunque tuvo en su poder el correo de la Fiscalía con anterioridad, no hizo uso de él hasta 38 horas después.
Por ello, y atendiendo a que la publicación del 'email' de la Fiscalía se habría hecho con el consentimiento de la persona perjudicada por la revelación del secreto, el juez rechaza algunas de las diligencias solicitadas por el fiscal general, como el volcado del dispositivo de Miguel Ángel Rodríguez, o la citación como testigos de varios periodistas. Asimismo, tampoco considera oportuno citar a declarar al novio de Isabel Díaz Ayuso, quien actúa como acusación particular en esta causa, al considerar que su posición ya viene recogida en su propia querella y en la actividad efectuada por su representación letrada a lo largo del procedimiento. De esta forma, aceptar su declaración en sede judicial supondría "una dilación para la declaración de los investigados, la considero innecesaria", añade.
En la misma línea, el magistrado ha desestimado la petición de García Ortiz de aplazar su declaración ya que considera que lo propio en este tipo de procedimientos es que declara en primer lugar el investigado. "No deja de sorprender que sea interesada por la defensa, cuando la práctica de todos los días nos viene enseñando que lo habitual es que el testimonio de quien comparece en el proceso como acusación más que favorecer venga a resultar perjudicial para el acusado", reza el auto.
En consecuencia, el juez deja fijado para este miércoles, 29 de enero, la declaración del fiscal general del Estado y para el próximo jueves la comparecencia de la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, también como investigada.
MataNarcisos
27/01/2025 16:42
Tener un Acta abierta por la Inspección Tributaria, no implica consecuentemente haber cometido un Fraude Fiscal, que conlleve ser a priori un DELITO por defraudador. Esto es un principio recogido no ya en la Constitución Española...... "Todos los ciudadanos son inocentes, mientras NO SE DEMUESTRE su culpabilidad" que igualmente recogen casi todas las Leyes, y todas las Constituciones del Mundo, en los países libres. Es cierto, que en España, el contribuyente al contrario del delincuente común, tiene muchas veces la sensación de que es él quien tiene que demostrar su INOCENCIA, y no Hacienda su culpabilidad, pero es solo la sensación, porque cuando ese contribuyente acude a un Tribunal, el mismo suele dejar claro su derecho CONSTITUCIONAL. Que estos días veamos a la BANDA, turnándose para acusar a este ciudadano de DEFRAUDADOR, le vendrá muy bien al mismo, pues van a tener que indemnizarle todos y cada uno de los que le acusan simplemente para dar respaldo a su Fiscal General, al que por contrario si existen pruebas haber cometido un PRESUNTO DELITO, ahora como nosotros no somos como ellos, AFIRMAREMOS QUE ESO SERÁ EL JUEZ, QUIEN LO DIGA.