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Política

Madrid indulta del cierre a los bares y restaurantes que están en hoteles o edificios públicos

Isabel Díaz Ayuso y José Luis Martínez-Almeida.

El draconiano decreto de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por el que se procede al cierre total de los establecimientos de hostelería y restauración tiene varias excepciones en su letra pequeña. Por ejemplo, se indulta a los bares y restaurantes "ubicados en establecimientos hoteleros" o en las "instalaciones destinadas a la prestación de servicios públicos". 

Esto último permite, por ejemplo, que las cafeterías y restaurantes de edificios públicos como la Asamblea madrileña, el Ayuntamiento de la capital, las consejerías autonómicas o las concejalías y juntas de distrito de la ciudad de Madrid puedan seguir abiertas mientras esté en vigor la orden autonómica para frenar la expansión del coronavirus.

El decreto 367/2020 de la Consejería de Sanidad tuvo varias versiones. El jueves por la noche circuló un texto, con la firma del consejero Enrique Ruiz y al que tuvo acceso Vozpópuli, en el que aún se excluía del cierre a todo tipo de bares, restaurantes, cafeterías, terrazas, etc.

Versión inicial del decreto que no incluía el cierre de la hostelería y restauración en Madrid.

Al día siguiente, la versión definitiva que apareció en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) incluye en el cierre a toda la hostelería y restauración, pero el punto 4 introduce varias excepciones. En primer lugar, "las medidas no serán de aplicación a los bares y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros"... a pesar de que en el punto 3.2.7 se decía lo contrario. 

El Ejecutivo de Díaz Ayuso niega tal contradicción. "Los bares y restaurantes de los hoteles quedan cerrados al público pero la gente hospedada en estos lugares puede seguir usando el servicio de comedor a través de estos hoteles y restaurantes", indicó un portavoz. Eso implica que gente de fuera no podrá ir a un restaurante del hotel si no está hospedado.

También se excluye a los citados que estén "en el interior de los bienes inmuebles e instalaciones destinadas a la prestación de servicios públicos". Incluso, abre la puerta a que las cafeterías, bares y restaurantes que permanecerán cerradas al público puedan "prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida y consumo a domicilio". No sólo las empresas de reparto a domicilio podrán llevar comidas y bebidas, sino que aparentemente cualquier ciudadano podría acercarse a estos lugares.

"La permanencia en estos establecimientos deberá ser la estrictamente necesaria. En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios", indica el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en esta excepción.

Versión definitiva del decreto con los cierres y excepciones

Sin embargo, la limitación de movimientos en todo el país a partir del lunes, en virtud de la aplicación del estado de alarma por parte del Gobierno central de Pedro Sánchez, complica sobre manera que los madrileños puedan desplazarse hasta los bares y restaurantes para recoger pedidos.

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