Quantcast

Política

El Gobierno pudo confiscar el dinero de Delcy Rodríguez durante su escala en Barajas

Las sanciones europeas obligan a inmovilizar todos los recursos económicos cuya "propiedad, titularidad, tenencia o control" correspondan a los funcionarios venezolanos incluidos en la 'lista negra' de Bruselas

Ábalos y Delcy Rodríguez

En virtud de las sanciones de la Unión Europea contra el régimen de Nicolás Maduro, el Gobierno español pudo haberse incautado del dinero y de los bienes económicos que la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez, portaba durante su estancia en Barajas la madrugada del pasado 20 de enero, según juristas y expertos en Derecho Internacional comunitario consultados por Vozpópuli

En el artículo 7 de la Decisión (PESC) 2017/2074, documento que regula las medidas restrictivas contra los funcionarios venezolanos sujetos a sanciones, el Consejo de la UE establece que los estados miembros  "inmovilizarán todos los fondos y recursos económicos cuya propiedad, titularidad, tenencia o control" correspondan las personas físicas o jurídicas señaladas por menoscabar la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela. Una lista negra de la que forman parte actualmente 25 funcionarios venezolanos, entre los que se incluye a Delcy Rodríguez. 

"Con la decisión PESC en la mano, el Reino de España pudo haberse incautado de los bienes económicos que fueran propiedad exclusiva de la vicepresidenta venezolana", asegura Diego Crescente, consultor y experto en derecho comunitario.

El problema es que el Gobierno alega que Delcy Rodríguez no pisó suelo español. Ni siquiera fue sometida a un control policial de pasaporte, a pesar de que permaneció varias horas en una sala VIP del aeropuerto de Barajas. Un argumento utilizado por el Ejecutivo para eximirse de cualquier responsabilidad por la no aplicación de las sanciones europeas a la 'número dos' de Maduro.

Sin embargo, fuentes jurídicas solventes de la UE consultadas por Vozpópuli consideran un "hecho jurídicamente objetivo" que España incumplió las sanciones europeas que exigen a los Estados miembros impedir "la entrada y el tránsito", incluido en su espacio aéreo, de los funcionarios venezolanos sujetos a sanciones. "Esto no es interpretable, se incluye también la restricción en el territorio aéreo de los estados miembros", añaden las mismas fuentes.

La otra "violación flagrante" del Delcygate

Además de todo lo anterior, según Diego Crescente, el Gobierno español habría cometido otra "violación flagrante" del derecho comunitario al no informar al Consejo de la UE de la estancia en España de la vicepresidenta venezolana en el aeropuerto de Barajas, donde se reunió con el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, tal y como avanzó en exclusiva este periódico. 

En el apartado siete de las Orientaciones sobre la aplicación y evaluación de las medidas restrictivas, documento del 4 de mayo de 2018 que sirve de guía para la aplicación de las sanciones, el Consejo de la Unión Europea establece que los estados miembros tienen la "obligación legal" de actuar de conformidad con las Decisiones PESC, incluida la 2017/2074 contra el régimen de Maduro. 

"Otro punto que refuerza el incumplimiento flagrante por parte del Reino de España es que, para facilitar la realización de las evaluaciones (sobre el cumplimiento de las sanciones), los Estados miembros tienen, con arreglo al Derecho de la UE, la obligación de poner en común la información pertinente de la que dispongan", señala Crescente, ex asesor del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Presidencia del Gobierno en diferentes gobiernos del PP y del PSOE. 

"La conducta de España en el caso de Delcy Rodríguez es transgresora de las normas internas", indican fuentes jurídicas solventes de la UE

En su apartado 29, las orientaciones incluyen la posibilidad de que los estados miembros puedan efectuar excepciones a la aplicación de las sanciones, siempre y cuando se informe con carácter previo al Consejo, algo que el Gobierno español podría haber solicitado al conocer que la 'número dos' de Maduro volaba hacia Madrid. 

"Si no hay comunicación, información o notificación previa, difícilmente puede aplicarse una exención que, además, solo puede conceder el Consejo, no un estado miembro", indica Crescente.

Recorrido judicial en el TJUE

Las fuentes jurídicas de la Unión Europea consultadas por Vozpópuli añaden que España no solo habría incumplido la normativa comunitaria por la no rendición de cuentas al Consejo, sino que además incumplió las sanciones al permitir el "acceso" y el "tránsito" de una funcionaria venezolana sujeta a medidas restrictivas. 

"La conducta de España es transgresora de las normas internas", indican las fuentes mencionadas. Sin embargo, añaden, el incumplimiento de España en la aplicación de las sanciones a Delcy Rodríguez difícilmente puede tener repercusión judicial alguna ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Las medidas restrictivas de la política exterior comunitaria sólo reconocen el derecho de los individuos sancionados a poder presentar acciones judiciales ante el TJUE, pero no incluyen mecanismos de control judicial contra los países que no apliquen las sanciones.

Rendición de cuentas ante el Consejo

La única posibilidad de que el Gobierno español tenga que rendir cuentas por el Delcygate ante la UE es que otro Estado miembro lleve a España ante el Consejo para dar explicaciones. Y no existen precedentes en lo referente a las decisiones de política exterior. 

"Las únicas sanciones posibles las podría dictaminar en el Consejo, pero ahí funciona mucho el 'hoy por ti mañana por mi'. ¿Qué país en el Consejo de la UE le va a poner a España la cara roja sobre lo ocurrido en este caso, arriesgándose a que España el día de mañana exija rendir cuentas a ese otro Estado miembro por otra cuestión? ", añaden las fuentes europeas consultas. 

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.