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El Supremo obliga a Interior a repetir una prueba de ascenso a un jurista de Prisiones

Un jurista de Prisiones podrá volver a realizar la prueba escrita de ascenso gracias a un fallo judicial del Tribunal Supremo

La renovación del TC con magistrados del Tribunal Supremo le aboca aún más al colapso
Fachada del Tribunal Supremo Europa Press

Una lucha judicial que se ha prolongado más de un lustro en el tiempo pero que ha acabado con una decisión pionera del Tribunal Supremo. Así ha sido la batalla de un jurista de Instituciones Penitenciarias que estaba inmerso en un proceso de ascenso. En la prueba escrita no recibió la puntuación que se merecía. Ahora esa injusticia ha sido subsanada por los magistrados en una sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli.

La resolución del proceso de ascenso de este funcionario se dictó el 28 de abril de 2016 por el tribunal calificados del proceso selectivo. En realidad las pruebas se desarrollaron el 25 de noviembre de 2015 y el objetivo de las mismas era una promoción interna al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, Especialidades de Juristas y Psicólogos.

Al no estar de acuerdo con la resolución, este hombre recurrió por la vía judicial. Sin embargo, el 7 de mayo de 2020, la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó el recurso contencioso administrativo. No cesó en sus intentos y presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo bajo la dirección letrada de Ángel Galindo Álvarez.

Tras años de espera, el pasado 20 de julio ya se finiquitó el recorrido judicial de este caso gracias a la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Cuarta del Tribunal Supremo. La ponente de la decisión fue la juez Celsa Pico Lorenzo. Estaba acompañada como presidente por Pablo Lucas Murillo de la Cueva, Luis María Díez-Picazo, María del Pilar Teso y Antonio Jesús Fonseca-Herrero.

El tribunal calificador no fijó ningún criterio

El recurso presentado por Galindo resumía que "cuando no se recoja expresamente en las bases de la convocatoria, el órgano de Selección habrá de fijar la forma en que se calificarán los ejercicios"."Resulta evidente que el tribunal calificador no fijó ningún criterio de calificación", atestiguaron.

"El expediente administrativo muestra que no constan en el procedimiento las razones por las que el tribunal calificador, partiendo de los criterios de calificación que tampoco constan, atribuye a los aspirantes una puntuación determinada", reclamaron. Por su parte, el Abogado del Estado mostró su oposición al recurso ya que consideraba adecuada la sentencia del TSJM al respecto del tema.

Solo este funcionario repetirá su prueba

A pesar de esta postura, el Supremo estimó parcialmente el recurso contencioso administrativo presentado por Ángel Galindo pero no extendió su decisión a los nombramientos de los aspirantes que superaron el proceso selectivo. Solo restringieron su petición a él mismo.

Los magistrados estimaron la repetición del tercer ejercicio para el recurrente tras hacerse públicos los criterios de
valoración del ejercicio antes de su realización. Y es que los criterios debieron ser "coherentes con los aplicados a los otros opositores cuyos ejercicios obran en el expediente administrativo".

Para el tribunal estos criterios, de los ejercicios de procesos de selección en la Administración Pública, "deben ser previos a la calificación y deben ser publicados para conocimiento de todos los aspirantes antes de la realización de los ejercicios".

Publicar antes los criterios de cada ejercicio

Por todo ello, los magistrados estimaron parcialmente el recurso presentado por este funcionario que tendrá que repetir el tercer ejercicio. A pesar de ello, el Tribunal Supremo conserva los nombramientos de los aspirantes que superaron el proceso de selectivo.

El abogado defensor de este funcionario, Ángel Galindo, también ganó en mayo de este año una sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ordenó corregir nuevamente la plantilla de respuestas de la prueba de ortografía a más de 400 aspirantes a Policía Nacional, después de más de tres años de espera. Estos opositores conformaron una plataforma que se llama #Justicia36.

Esta sentencia pionera fija jurisprudencia para los distintos casos de promociones de funcionarios que se pueden dar por toda España. Desde ahora, si no se quieren evitar contratiempos judiciales, la administración deberá publicar previamente al ejercicio cuánto puntúa cada pregunta, cómo se puntúa, con cuánto se aprueba o cómo se motiva un suspenso de una prueba escrita.

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