Quantcast

España

'Sí es sí': la Justicia de Pontevedra rebaja cinco años la pena de dos agresores de O Porriño

Los dos agresores, que interceptaron a una joven de 22 años a la salida de una discoteca y la trasladaron a una casa en la localidad en 2003, han visto reducida su pena en cinco años por la ley del 'solo sí es sí'

La Audiencia Provincial de Pontevedra / EFE

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha reducido en 5 años a cada uno la condena a dos agresores sexuales de O Porriño. Ambos fueron sentenciados a 27 años de cárcel por agredir sexualmente a una mujer en dicha localidad en 2003, pero la aplicación de la ley del 'solo sí es sí' ha acordado una reducción de dicha pena a 22 años de prisión.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha informado de que los dos condenados (como autor material y como cooperador necesario) interceptaron a la víctima, una joven de 22 años de edad, a la salida de una discoteca en Salceda de Caselas y la trasladaron a una vivienda de O Porriño, donde se turnaron para agredirla sexualmente. Por ello, ambos recibieron penas de 27 años por dos delitos de agresión sexual, además de una pena de dos años por robo con intimidación, que se mantiene.

Nueva rebaja a causa del 'solo sí es sí'

Con arreglo a la ley del 'sólo sí es sí', la condena se ha revisado y el tribunal ha apuntado que "la agresión sexual consistente en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, pasa a castigarse con la pena de prisión de cuatro a doce años, en lugar de seis a doce años". Asimismo, el subtipo agravado por "la actuación conjunta de dos o más personas o la concurrencia de una violencia de extrema gravedad o de actos que revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio" ha pasado de castigarse "de la pena de prisión de once a quince años, a la de prisión de siete a quince años".

En ese sentido, la Audiencia entiende que procede reducir el límite mínimo de las penas en lo que respecta a la agresión sexual agravada, de manera que, si los hechos hubieran sucedido hoy, la horquilla penal estaría entre 7 y 15 años. Por eso, el máximo de la mitad inferior es de 11 años, y no de 13,5 años (como se aplicó en la sentencia dictada en 2005).

En todo caso, los magistrados apuntan que la revisión acordada no supondrá "la modificación" ni tendrá "efecto alguno en la fecha fijada como límite máximo a cumplir -7 de mayo de 2023-", es decir, no implica la excarcelación de los condenados.

Más de 50 rebajas de condenas

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, las audiencias provinciales gallegas y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia han revisado y emitido al menos 106 decisiones -tanto revisiones de penas ya impuestas como recursos- referidas a condenas.

De ellas, al menos 52 han supuesto una rebaja de la pena de los delincuentes. En el resto de ocasiones, el otro 50%, se ha mantenido la condena existente dado que la ley del 'solo sí es sí' habría supuesto una pena igual o mayor que la que se puso en su momento, todo según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.