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España

La sentencia sobre los ERE: "Griñán dictó las resoluciones conociendo las irregularidades"

El fallo, que supera el millar de páginas, concluye que los condenados dispusieron de cerca de 700 millones de euros públicos durante 10 años de forma "libérrima y arbitraria"

El Tribunal Supremo envía a prisión a José Antonio Griñán en el caso de los ERE por dictar "resoluciones prevaricadoras" a sabiendas de "todas las irregularidades que se estaban produciendo". El alto tribunal confirma en un duro fallo la condena de seis años de prisión por delitos de prevaricación y malversación del expresidente andaluz y le acusa de no haber evitado el desfalco pese a conocer la ilegalidad de las resoluciones firmadas.

"Se declara probado que el Sr. Griñán, entre otros, intervino en la dotación de fondos a través de un sistema de
presupuestación ilegal con conocimiento de las consecuencias que ello podía tener en la gestión, también que conoció las ilicitudes perpetradas con esos fondos y, por último, que como consecuencia de las competencias que le correspondían, al ejercer las más altas funciones dentro del Gobierno de la Junta de Andalucía, tuvo capacidad de impedir ese modo de gestión", concluye la sentencia.

El tribunal, integrado por cinco magistrados de la Sala de lo Penal, apunta a la actuación conjunta de la veintena de excargos de la Junta condenados y ensalza la magnitud del fraude. "Este caso es singular y extraordinario. No hay precedentes similares", argumenta. La sentencia desgrana el diseño de un sistema que tilda de "ilegal" y destaca el "absoluto descontrol y la total discrecionalidad" de unas ayuda que se repartieron como si fueran fondos privados.

Casi 700 millones públicos durante 10 años

El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Eduardo de Porres, confirma en esencia la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla en la que se condenó a cerca de una veintena de personas juzgadas en este procedimiento. Además de Griñán (a quien también se le inhabilita por 15 años), el alto tribunal confirma la condena de nueve años de inhabilitación a su antecesor en el cargo, Manuel Chaves; la exministra de Fomento Magdalena Álvarez y el exconsejero de Presidencia de la Junta Gaspar Zarrías. Integran la lista excargos de la Consejería de Presidencia, Fomento y Empleo.

Los informes desfavorables no afectaron al conocimiento de Griñán sobre la ilegalidad de los hechos, como tampoco de que las resoluciones que dictó eran manifiestamente injustas por transgredir de forma patente y grosera la Ley

El fallo, que cuenta con un voto particular firmado por la magistrada Ana Ferrer y al que se adhiere Susana Polo, reitera a lo largo de más de 1.200 páginas la ilegalidad de un sistema con el que se desfalcaron casi 700 millones de euros durante 10 años. Los magistrados, que desestiman los recursos de todos los condenados, aclaran que la sentencia analizada cuenta con "prueba de cargo suficiente" para concluir que se actuó "libérrimamente" y en ausencia de todo tipo de control".

Extracto del fallo sobre el papel de Griñán

Al hilo, explican que la actividad prevaricadora se concretó en la aprobación de modificaciones de las ayudas de los ERE, el fraccionamiento de las partidas y en la concesión de subvenciones excepcionales a trabajadores y empresas por parte de la Dirección General del Trabajo. En relación a la malversación, entienden que son cómplices de este desvío de 680 millones de euros. Con todo, la peor parte se la lleva Griñán.

Griñán incumplió de forma absoluta

"Griñán sabía que las transferencias de financiación eran un instrumento ilegal, que sirvió para eludir los necesarios controles y también que en esta gestión se incumplió de forma absoluta el procedimiento, posibilitando la gestión libérrima de los fondos públicos al margen de todo control", dicen los magistrados y recuerdan que en su condición de consejero de Hacienda tuvo un papel "central" en la elaboración de los presupuestos.

Sobre sus alegaciones acerca de que desconoció el destino de los fondos, el Supremo responde que resulta "contrario a la razón" admitir que ninguno de sus subordinados le ocultaron esta actuación ilegal. También descarta que desconociera los cambios legales de la Junta para aumentar la partida de las prestaciones por jubilación y ello porque la Memoria que justificó este cambio presupuestario "dibujó de forma precisa" cual era su verdadero fin.

"Impensable que Chaves lo desconociera"

En lo que respecta a Manuel Chaves -presidente desde 1990 hasta el 7 de abril de 2009-, la sentencia concluye que es "impensable" que la modificación presupuestaria aprobada en el año 2000 (la primera de muchas irregulares) se acordara de forma "unilateral" por el consejero de Economía.

"No hay prueba directa de que el presidente de la Junta de Andalucía conociera que aprobara partidas presupuestarias utilizando indebidamente transferencias de financiación para eludir los controles y presupuestos de la normativa de subvenciones, pero, al igual que acontece con otros condenados, la prueba aportada por la acusación viene constituida por un conjunto de indicios que tienen como soporte hechos acreditados", reza.

Pese a la falta de dichas pruebas, el Supremo entiende que Chaves conoció las irregularidades, primero por las altísimas cuantías de las partidas y, segundo, por su cargo como máximo responsable de la Junta. "Es de todo punto irracional suponer que no tuviera conocimiento del asunto", esgrimen. Con todo, el exministro socialista elude la prisión al ser condenado por delito de prevaricación.

Voto particular

El tribunal se ha dividido durante el estudio de los recursos en relación al conocimiento que tuvieron los condenados de los hechos. Así, la magistrada Ana Ferrer explica en su voto particular que la condena por malversación a estos exaltos cargos de la Junta es "un arriesgado salto en el vacío". Considera que no hay prueba suficiente que acredite que Griñán, la exministra Magdalena Álvarez y el resto de condenados supieran que se hizo un uso irregular de las partidas de prejubilación.

"No compartimos la respuesta mayoritaria de este Tribunal de Casación que confirma ese pronunciamiento condenatorio, y que incluso llega, a nuestro juicio sin soporte probatorio ni factico, más lejos que la Sala sentenciadora de instancia, rebasando los márgenes que ella fijó", reza el voto al que se ha adherido la magistrada Susana Polo.

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