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España

Golpe a la Administración: primera sentencia que obliga a convertir a interinos en indefinidos

Trabajadores públicos.

La Justicia Europea tiene desde finales de mayo una demanda entre sus manos que podría cambiar la vida de 100.000 empleados públicos en España. En concreto, si aquellos que lleven encadenando contratos temporales durante tres años tienen que convertirse en personal fijo. El caso que tiene que dirimir los jueces continentales es la de un informático del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) que lleva 17 años como interino.

Mientras Europa se decanta por un fallo u otro, en España ya se están dando pasos en este sentido. Después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo desestimase su petición, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha dado la razón a ocho trabajadores sanitarios, enfermeros y auxiliares del Complejo Hospitalario Universitario de la misma ciudad, que denunciaron que fueron contratados en fraude de ley como eventuales, ya que no estaban cubriendo bajas provisionales, según adelantó El Faro de Vigo.

Los trabajadores denunciaron que fueron contratados en fraude de ley como eventuales, ya que no estaban cubriendo bajas provisionales

En la sentencia del TSJG  se cuestiona el Plan de Estabilización del Servicio Gallego de Salud (SERGAS), suscrito el año pasado con los sindicatos para poner fin a la elevada eventualidad que existe en la plantilla sanitaria. En ese Plan se convirtió a 438 empleados eventuales en interinos, con la intención de que así puedan acceder a una plaza en las oposiciones desde una situación de ventaja.

Eso significa que el SERGAS tendrá que reconocer su antigüedad desde el primer contrato firmado y tendrán derecho a una indemnización si son cesados. Nada más que en el hospital vigués podrían verse afectados 430 personas más que fueron contratadas en los mismos términos. 

La diferencia entre un interino por vacante e indefinido no fijo es importante respecto a la estabilidad del puesto y a una compensación en caso de cese. En el primer caso, el trabajador puede perder su puesto por diversas causas y nunca tendría una compensación económica. En el segundo tipo, sólo puede perder trabajo si es cesado por oposición o por amortización de la plaza que ocupa. Además las indemnizaciones mínimas para cada trabajador que se barajan tras este fallo es el de 20 días por año trabajado.

Nuevo apoyo judicial

No es el primer espaldarazo que reciben este tipo de trabajadores por parte de la Justicia española. Recientemente, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ganó una demanda que reconoce el derecho de los docentes interinos con destino que se encuentran en esta situación a incorporarse desde el 1 de septiembre al mismo.

La sentencia, dictada por el Tribunal Supremo, en resumen, declaraba nulo despedirlos durante los meses de verano para no pagarles su sueldo ya que se trata de una práctica que vulnera el principio de no discriminación recogida en la cláusula 4 del acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, según informó el TS.

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