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Cataluña

El TSJC permite a una madre soltera añadir la baja paternal a la suya

El Tribunal ha valorado como conveniente equiparar ambas realidades familiares dado que las "necesidades del menor son idénticas y no disminuyen en atención a la existencia de uno o más progenitores"

El TSJC da 15 días al Govern catalán para aplicar la sentencia del 25% de castellano
Sede de la Audiencia Provincial de Barcelona. EuropaPress

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado que una madre soltera pueda alargar su permiso de maternidad "equiparándolo al que le daría a los dos miembros de la familia". Así lo recoge el comunicado al que ha tenido acceso Vozpópuli y en el que se especifica que la mujer tiene un permiso de 32 semanas y se mantiene la resolución del juzgado de lo social de Mataró al desestimarse el recurso del INSS. El Tribunal ha valorado como conveniente equiparar ambas realidades familiares dado que las "necesidades del menor son idénticas y no disminuyen en atención a la existencia de uno o más progenitores".

De esta manera el TSJC resuelve que el menor debe recibir un "trato igualitario" y entiende que la progenitora es la única que se ocupa del cuidado de su hijo, y que éste tiene derecho "a un disfrute del permiso equivalente al que hubiese correspondido de existir otro progenitor". De esta forma el Pleno determina que existe una situación discriminatoria "por razón de nacimiento y de la condición personal y familiar del recién nacido" por lo que deben evitarse efector "perniciosos".

El Pleno hace un análisis del Estatuto de los Trabajadores para argumentar los derechos de la madre y apunta a su 'desactulización'. En el artículo 48, detalla, se contempla un único modelo familiar biparental "sin tomar en consideración la diversidad de estructuras familiares que han surgido en los últimos años". Por este motivo, el TSJC ve vulnerables otro tipos de familias como las monoparentales, que pueden sufrir dificultades para la conciliación familiar. "Particularmente en le caso de las mujeres trabajadores, que son l ainmensa mayoría de las titulares de familias monoparentales", aclara el comunicado.

Esta no es la primera sentencia en este sentido. El pasao 8 de noviembre, dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y otra del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, dictadas las tres en el mes de octubre, han reconocido el derecho de las familias monoparentales, encabezadas en su mayoría por mujeres, a tener un permiso por nacimiento más extenso que el que les corresponde actualmente. En concreto, dos socias de la Asociación Madres Solteras por Elección (MSPE), conocían el pasado viernes, un nuevo pronunciamiento del TSJ de Madrid, en esta ocasión de las secciones 1ª y 5ª ampliando su permiso por nacimiento a 26 y 32 semanas, respectivamente, apelando a la discriminación indirecta por género y discriminación de niños y niñas.

En una de estas sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press, el juez señala que "los menores no pueden recibir una menor atención y cuidado en sus primeros meses de vida en función del modelo de familia en el que han nacido" y añade que "el trato peyorativo dado a los que pertenecen a familias monoparentales respecto de los nacidos en familias biparentales resulta injustificado". Por su parte, en esta misma línea, una reciente sentencia del TSJC destaca textualmente que es "del todo insólito la inexistencia en la normativa legal de índole contractual laboral de ninguna singularidad concreta" destinada a reconocer la situación de las familias monoparentales.

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