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Cataluña

La Audiencia de Barcelona ratifica la prisión para Alves al permanecer el riesgo de fuga

El Tribunal confirma el auto de fecha 5 de mayo de 2023 que denegaba la libertad provisional a Alves y desestima la apelación del exjugador brasileño

Así ha reaccionado Dani Alves tras saber que seguirá en la cárcel: agobiado, sin comer y aislado
Dani Alves. Europa Press.

La Audiencia Provincial de Barcelona ha ratificado la prisión para el exjugador de F.C.Barcelona, Dani Alves, al desestimar su recurso de apelación. En el auto al que ha tenido acceso Vozpópuli, el Tribunal confirma el auto

de fecha 5 de mayo de 2023 que denegaba la libertad provisional a Alves y desestima la apelación del exjugador brasileño al estimar, entre otros puntos, que sigue existiendo riesgo de fuga. "El riesgo de fuga permanece y sigue fundado en los motivos que ya expusimos y a los que forzosamente debemos remitirnos. Consideramos que ninguna otra medida cautelar puede neutralizar con suficientes garantías dicho riesgo y su fuga impediría la celebración del juicio que requiere la presencia del investigado", recoge el auto.

En un auto consultado por Europa Press, el tribunal rechaza por segunda vez un recurso del futbolista y confirma la decisión del Juzgado de Instrucción 15 de Barcelona, que también en dos ocasiones ha declinado la petición del jugador de quedar en libertad provisional hasta el juicio. El tribunal abordó la petición el viernes en una vista durante la que la defensa del jugador alegó que si salía de prisión no huiría porque pretende vivir con sus hijos en Barcelona, donde los ha empadronado, algo que la acusación calificó como "un proyecto de vida ficticio".

En su resolución, el tribunal rechaza el principal argumento esgrimido por la defensa del jugador en el recurso, que aseguraba que Alves tiene un "proyecto de vida" en España, como el reciente empadronamiento de sus hijos en la casa de Esplugues de Llobregat (Barcelona) o el hecho de que su exmujer resida en el país, documentación que el equipo legal del jugador adjuntó en la apelación. "No nos convencen los argumentos expuestos" de que estas medidas "neutralizan" el "riego" de fuga, esgrime la sección tercera de la Audiencia de Barcelona en su auto ya que, dice la sala, la documentación aportada por Alves no pone en evidencia ese "proyecto de vida" en España.

El tribunal destaca, asimismo, que Alves lleva unos cinco meses en prisión preventiva, y que la fase de instrucción está casi concluida, por lo que este plazo de tiempo no justifica el alzamiento de la medida privativa de libertad. El auto sostiene también que tras analizar las nuevas diligencias presentadas por la defensa del exjugador del Barça, liderada por el abogado Cristóbal Martell, los "indicios" de criminalidad valorados en su momento por el tribunal para imputarle los hechos "permanecen inalterables".

Una de esas nuevas diligencias hacen referencia al informe aportado por la defensa de Alves sobre las imágenes de los momentos previos a la supuesta agresión sexual, con el que los abogados del jugador pretenden cuestionar el relato de la joven al sugerir que estuvo coqueteando con el futbolista. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona dice no compartir las tesis de la defensa, según las cuales la declaración de la presunta víctima "se desmorona" a raíz de dichas imágenes, dada la conducta de la joven previa a su entrada en el lavabo de la discoteca.

"Debemos recordar que dicho comportamiento, aun cuando se tratara de un típico cortejo sexual entre dos adultos como afirma la defensa, no puede en modo alguno justificar una posterior agresión sexual. Tampoco puede fundarse la línea argumental para descartar el ataque a la libertad sexual de la joven en que ella entró voluntariamente en el baño. Aun cuando así fuera ello no daría ninguna concesión al Sr. Alves para imponer el acto sexual", razona el auto.

Así, para la sala, lo acaecido con anterioridad a la entrada en el lavabo "no determina ni que ésta hubiera consentido la relación sexual con penetración que consta acreditada, ni que mintiera sobre la misma".

El tribunal recalca, además, que la declaración de la víctima tiene "rasgos de fiabilidad suficientes en esta fase procesal y los elementos de corroboración son variados".

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  • J
    Jubilado en Practicas

    Detras de esto algo huele a podrido, lo del riesgo de fuga no es motivo suficiente para la vulneracion de derechos, creo que ademas tiene ciudadania española.
    El caballero no es santo de mi devocion ni simpatia , solo me imagino a otro en su lugar. Creo que ha elegido muy mal su defensa.