Cataluña

¿Qué se puede hacer desde hoy en Cataluña?

El Govern rebaja algunas de las medidas que se habían tomado para frenar la pandemia provocada por la covid

Una camarera prepara la terraza de un restaurante en Cataluña.
Una camarera prepara la terraza de un restaurante en Cataluña. EFE

Tras más de 50 días con medidas restrictivas en Cataluña para frenar la expansión del coronavirus, el gobierno catalán permite desde este lunes reabrir de lunes a viernes los centros comerciales y las tiendas grandes limitando el espacio a un máximo de 400 metros cuadrados.

Mientras, sigue vigente el toque de queda de 22.00 a 06.00 horas, el confinamiento comarcal, el cierre perimetral de Cataluña y la limitación del sector de la restauración para abrir solo para servir desayunos y comidas.

Esta es la actualización de las medidas restrictivas vigentes desde este lunes en Cataluña durante los próximos 7 días:

Actividades sociales

  • Limitación a seis personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia.
  • Las reuniones o encuentros familiares y de carácter social que tengan lugar en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan en lo posible y se limiten a visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.

Movilidad

  • Territorio de Cataluña: restringida la entrada y salida sin motivo justificado. La movilidad laboral solo se permite cuando no se puede teletrabajar.
  • Comarca: restringida la movilidad toda la semana, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar. Permitida la movilidad en el ámbito escolar sin pernoctación.

Confinamiento nocturno

  • No se puede circular por la calle entre las 22.00 y las 06.00 horas, excepto por causas justificadas.

Empresas

  • Se debe hacer teletrabajo, excepto cuando el tipo de trabajo lo haga imposible.
  • Suspensión de congresos, convenciones, ferias y actividades asimilables.

Hostelería

  • Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja.
  • Horario de apertura locales: De 07.30 a 10.30 horas y de 13.00 a 16.30 horas. Resto de horario, para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.
  • Interiores: abiertos con el 30 % del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07.30 a 10.30 horas y de 13.00 a 16.30 hora. Resto de horario, para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.

Actividades culturales

  • Abiertos: cines, teatros, circos, auditorios y salas de conciertos, con un 50 % del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima. También abiertos museos, bibliotecas y salas de exposición el 50% del aforo.
  • Suspensión de las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales.
  • Reanudación de las actividades formativas o educativas no regladas y el deporte escolar para jóvenes escolarizados a partir de secundaria siempre que mantengan los grupos de convivencia estable definidos para la actividad lectiva.

Comercio

  • Limitación al 30 % del aforo en pequeño comercio, centros comerciales y mercados no sedentarios. Fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales.
  • Centros y recintos comerciales de más de 400 metros cuadrados: aplicación del aforo sobre esta superficie máxima y medidas de ventilación reforzadas.

Deporte

  • Instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre y piscinas abiertas con un aforo máximo del 50 %.
  • Instalaciones y equipamientos de interior: aforo del 30 %. Sin ventilación y calidad del aire reforzada limitación a 6 personas y uso de mascarilla en actividades grupales.
  • Competiciones: solo en categorías internacionales, profesionales, estatales y competiciones que dan acceso a ellas.

Actividades recreativas

Abiertos: parques infantiles hasta las 20.00 horas, con un aforo del 50 %.

Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.

Universidades y colegios

  • Universidades: docencia teórica en formato virtual, excepto el primer curso.
  • Bachillerato, ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados, incluidas escuelas de música y danza autorizadas: reducción de la actividad presencial.
  • ESO, primaria e infantil: presencialidad plena.
  • Actividades extraescolares: permitidas las actividades extraescolares, de ocio y deportivas dirigidas a ciclo infantil y primaria que se hagan dentro o fuera de los centros educativos con un máximo de 6 personas (a excepción de las que preserven el grupo burbuja).
  • Reanudación de las actividades no regladas y del deporte escolar para jóvenes a partir de secundaria siempre que mantengan los grupos de la actividad lectiva.
  • Permitidos los desplazamientos y salidas del centro escolar con pernoctación siempre que no rompan el grupo burbuja. 

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