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Caso ERE: la Audiencia de Sevilla suspende el ingreso en prisión de Griñán durante cinco años

Lo hace tras recabar el informe del Instituto de Medicina Legal (IML) que determina que padece una enfermedad "muy grave" e "incurable"

El informe forense desaconseja que Griñán ingrese en prisión por "enfermedad muy grave con padecimientos incurables"
El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Grinán saliendo de los juzgados Europa Press

José Antonio Griñán no entrará en la cárcel. La Audiencia Provincial de Sevilla acaba de dictar un auto en el que acuerda suspender por un plazo en cinco años el ingreso en prisión del expresidente andaluz por la enfermedad que padece. El tribunal responde tas adherir el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, también favorable a que no entre en la cárcel para cumplir los seis años de condena por su implicación en el caso de los ERE.

La decisión final del tribunal se produce tras meses en los que se han ido recabando informes médicos en relación al cáncer que sufre Griñán. Aunque en noviembre la Fiscalía Anticorrupción se pronunció a favor de que se ejecutara la condena atendiendo a la gravedad de la pena y a la trascendencia de los hechos, finalmente la semana pasada viró y determinó que no se oponía a que se libre de la prisión.

De esta forma el tribunal que le juzgó por el caso de los ERE determina que durante cinco años queda exento de cumplir la pena impuesta y que confirmó el Tribunal Supremo el pasado mes de septiembre. En un auto firmado este mismo lunes, los magistrados explican que paralizan la ejecución del fallo a tenor de lo recogido en el artículo 80.4 del Código Penal.

Enfermedad muy grave e incurable

El mismo dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave. "Habrá que estar a la afección del derecho a la vida e integridad física del condenado, teniendo en cuenta el tipo de enfermedad y la mayor o menor incidencia que el ingreso en prisión de quien la padece tendría en ella”, reza el auto.

Los magistrados argumentan que en casos referidos a cuestiones médicas están sometidos a los criterios técnicos de los expertos en la materia; en este caso el informe de la forense. Por todo ello concluyen que no pueden pronunciarse de otra forma que no sea suspendiendo su ingreso en prisión, máxime cuando las acusaciones (entre las que se encuentra el Partido Popular) no se han opuesto a la petición del expresidente de la Junta de Andalucía.

La Audiencia pone punto y final a meses de lucha de Griñán para evitar tener que entrar en la cárcel mientras sigue en tratamiento por el cáncer que padece. El asunto relativo a su ingreso en prisión se reactivo en septiembre cuando el Tribunal Supremo confirmó la pena de seis años de cárcel por prevaricación y malversación en relación al caso de los ERE. Los magistrados concluyeron que estuvo al tanto de esta práctica con la que se desviaron cerca de 700 millones de euros públicos y que habría consentido las ilegalidades.

La batalla de Griñán

La sentencia contó con los votos particulares de dos magistradas que entendieron que no había quedado probado que el exdirigente del PSOE permitiera el fraude. Al confirmarse el fallo, la Audiencia de Sevilla comenzó a ejecutar los ingresos en prisión de los condenados con las penas más elevadas. Incluso en diciembre le dio un plazo de 10 días para que entrara voluntariamente en la cárcel.

Su defensa pidió con éxito que se retrasara esta diligencia debido a que se estaba sometiendo a sesiones de radioterapia. Del mismo modo aportó documental sobre su enfermedad, por lo que la Audiencia de Sevilla encargó al Instituto de Medicina Legal (IML) que lo examinara y valorara si su ingreso en la cárcel podía tener incidencia en el tratamiento de la enfermedad.

La forense emitió un primer informe en enero y dijo que no convenía que se ejecutara su condena hasta que no remitiera el cáncer de próstata que padece. Una vez terminadas las sesiones de radioterapia, se encargó al IML que elaborase otro informe sobre si su estado permitía ya su entrada en la cárcel. El Instituto respondió en mayo y volvió a hacerlo en junio después de que la Fiscalía Anticorrupción le pidiera que concretase algunos extremos.

La forense terminó desaconsejando su entrada en prisión alegando que Griñán está "aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables". Ante ello el tribunal que juzgó el caso de los ERE pidió criterio a la Fiscalía Anticorrupción y al Partido Popular. Ninguno de los dos se opusieron a la petición del exdirigente del PSOE en Andalucía, por lo que la Audiencia ha terminado por suspender definitivamente la diligencia evitando que durante cinco años entre en la cárcel.

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