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Autoridades ceutís declararán en septiembre por la devolución de menores a Marruecos

La delegada y vicepresidenta del Gobierno en Ceuta comparecerán por la devolución a Marruecos del grupo de menores que entraron ilegalmente en mayo de 2021

Inmigrantes marroquíes bordean el espigón del Tarajal para entrar en Ceuta.
Inmigrantes marroquíes bordean el espigón del Tarajal para entrar en Ceuta. Europa Press

La delegada del Gobierno en Ceuta, Salvadora Mateos, y la vicepresidenta primera del Gobierno ceutí, Mabel Deu (PP), declararán a principios de septiembre por la devolución a Marruecos de un grupo de menores que entraron ilegalmente en la ciudad en las avalanchas de los días 17 y 18 de mayo de 2021.

Según han informado a Efe fuentes judiciales, ambas autoridades está previsto que declaren ante un juzgado de Ceuta, el 1 de septiembre Mabel Deu y la delegada del Gobierno esa misma semana.

Las declaraciones se producirá después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) notificara el pasado junio que España vulneró los derechos de los menores marroquíes que fueron repatriados en agosto del pasado año después de haber entrado por la frontera del Tarajal.

María Isabel Deu renunció la pasada semana a las competencias en materia de Menores como consecuencia de esta imputación judicial, por lo que las mismas han sido asumidas por la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación del Ejecutivo ceutí.

Organizaciones denunciantes

El trabajo conjunto de las organizaciones Andalucía Acoge, Coordinadora de Barrios, Elin, Ex Menas Madrid, Fundación Raíces, Gentium, Maakum y No Name Kitchen para denunciar por distintas vías la ilegalidad de estas repatriaciones ejecutadas por Delegación de Gobierno en Ceuta, desembocó, entre otros, en dos procedimientos.

En ellos, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta ordenó, en agosto de 2021, paralizar cautelarmente las repatriaciones sin garantías y dictó sentencia, en febrero de 2022, declarando que la actuación de la Administración al repatriar a estos menores se había realizado sin amparo legal alguno y con vulneración del derecho a la integridad física y moral y a no ser sometido a tratos inhumanos y degradantes reconocido en el artículo 15 de la Constitución Española.

Frente a esas dos sentencias del Juzgado, la Delegación del Gobierno en Ceuta y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta interpusieron sendos recursos de apelación, el primero de los cuales ha sido desestimado por el Tribunal Superior de Justicia.

El TSJA deja claro que "el Acuerdo de Cooperación hecho en Rabat el 6 de marzo de 2007 no desplazaba, excepcionaba ni sustituía a la legislación interna e internacional sobre menas, sino que venía a complementarla o implementarla".

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