España

La Fiscalía pide a la Audiencia reabrir la causa contra el rapero que "se cagó en la puta madre del rey"

El líder de Def con Dos.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un duro recurso contra el auto de archivo dictado por el juez José de la Mata donde considera que las expresiones que el líder del grupo de rap Def Con Dos, César Strawberry,  publicó en la red social Twitter -cagándose por ejemplo "en la puta madre del rey"- estaban amparadas por la libertad de expresión.

En su recurso, al que ha tenido acceso Vozpópuli, el departamento que dirige el fiscal Javier Zaragoza sostiene que la Constitución no reconoce un pretendido derecho al insulto y que los límites de la tipicidad delictiva no se pueden mover "al libre albedrío del juez en función de quién sea el imputado".

En el auto de archivo, el titular del Juzgado Central Número 5 de la Audiencia Nacional señalaba que el músico César Augusto Montaña Lehman "desde su particular concepción del arte y la cultura" mostró "su fuerte compromiso social" con distintas causas, "expresándose, eso sí, desde una estética provocadora, irónica y sarcástica, buscando generar en los receptores perturbación, disconformidad o escándalo" en la citada red social.

Para la Fiscalía es suficiente con que el rapero "conozca y acepte que sus expresiones son objetivamente enaltecedoras o justificadoras de organizaciones terroristas"

Entre otros comentarios, el rapero César Strawberry escribió en la citada red social que "el fascismo sin complejos de Esperanza Aguirre me hace añorar hasta los Grapo" en alusión a su deseo de que esta organización actuara frente a la presidenta del PP de Madrid, o que "a Ortega Lara habría que secuestrarle ahora", en referencia al cautiverio que la banda terrorista ETA hizo del funcionario de prisiones durante 532 días. También tuiteó su deseo de que se produjese "un atentado terrorista a S.M. el rey D. Juan Carlos I, al hilo de su cumpleaños, al manifestar que le regalaría 'un roscón bomba'". Tampoco se libró el actual rey, entonces príncipe de Asturias Felipe de Borbón, sobre el que dijo: "Yo soy de los que desean ver a Felipe de rey cuanto antes… para cargarme en su puta madre con más argumentos".

"Una nueva vertiente" del instructor

En cuanto al fondo, debe decirse que, "recuperando las esencias del derecho penal de autor, el instructor ha alumbrado una nueva vertiente, consistente en que los límites de la tipicidad se mueven al libre albedrío del juez en función de quién sea el imputado: según una persona esté más o menos acostumbrada a romper el ordenamiento jurídico, la tendencia de la ruptura, tenga fama de rebelde o haga gala y presuma de una personal vocación literaria, artística o científica con halo de transgresora, las barreras de la ley deben ceder a su paso, a diferencia de lo que ocurriría de ser otra persona la autora del hecho".

El Supremo sentenció recientemente que una "actividad literaria o artística no puede servir de cobertura a la acción criminal", recuerda la Fiscalía

El departamento que dirige Zaragoza entiende que "es del todo punto irrelevante que el imputado Montaña tuviera o no un ánimo específico de favorecer la acción de organizaciones terroristas: es suficiente con que conozca y acepte que sus expresiones son objetivamente enaltecedoras o justificadoras de estas organizaciones, de sus integrantes o de sus actos".

En este sentido, el Ministerio Público hace referencia a la "muy reciente STS 106/2015, de 19 de febrero, dictada en un caso muy similar", el del rapero Pablo Hassel al que el Alto Tribunal condenó a dos años de prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo. En dicha sentencia, el Supremo señalaba que sus comentarios encajaban en el tipo penal "como un delito de odio, sin que una supuesta actividad literaria o artística pueda servir de cobertura a la acción criminal". De la misma forma, el TS manifestaba que en este tipo de casos se deben "examinar tanto las concretas frases o expresiones producidas así como la ocasión y el escenario en el que fueron pronunciadas".

Similar caso al de Pablo Hassel

Para el Ministerio Fiscal "partiendo de la base de que las frases no fueron pronunciadas en el ejercicio de una actividad artística creadora, cabe apreciar que son objetivamente expresivas de la voluntad de que distintas organizaciones terroristas actúen contra determinadas personas, de justificación de sus acciones, de humillación a las víctimas del terrorismo y de vejación indeseable a la Jefatura del Estado".

Expresiones como cagarse en la puta madre del rey o del príncipe "no son sólo objetivamente vejatorias e injuriosas, sino también innecesarias", recalca el fiscal

En el recurso, el fiscal defiende que "por sí mismas, para cualquier lector medio" las palabras del líder son "expresivas tanto de los delitos de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas como del delito de injurias a la Corona". "Salvo que uno posea una visión seráfica de las cosas, las expresiones vertidas por el imputado Montaña son indiciarias de la existencia de una acción típica y no consta ni mucho menos clara la concurrencia de una causa de justificación, debate que, por otra parte, resulta propio de la vista oral", apostilla la Fiscalía.

En su duro escrito, el Ministerio Público recalca que palabras, como cagarse en la puta madre del rey o del príncipe, "no son sólo objetivamente vejatorias e injuriosas, sino también totalmente innecesarias a la hora de expresar un pensamiento, idea o crítica. En este sentido, se sobrepasa cualquier límite aceptable de la libertad de expresión". Para la Fiscalía el rapero ha expresado "su odio al que piensa diferente y desear que una organización terrorista acabe con su vida. La frase referida a Dña. Esperanza Aguirre es toda una declaración de principios".

Por esta razón, el Ministerio Público ha solicitado a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que revoque el archivo decretado por el juez De la Mata y obligue al instructor a imputar de nuevo al líder del grupo de rap Def Con Dos para sentarlo en el banquillo de los acusados.