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Andalucía

Un segundo juicio permite a un pederasta en Sevilla rebajar su condena de 40 a 27 años

Se trata de otra condena que se le impone a este hombre del pueblo sevillano de el Viso del Alcor, que en un primer momento, aceptó la condena de 40 años, y se ha repetido el juicio al considerar que no sabía lo que estaba firmando

Imagen de archivo de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla Joaquín Corchero/Europa Press

A finales de febrero de 2023 fue juzgado por primera vez este pederasta de la localidad sevillana del Viso del Alcor, por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla y en este mismo juicio aceptó la condena de conformidad de 40 años de prisión haciendo uso de la última palabra. Entonces ya el código penal ‘jugaba’ a su favor, porque en España la ley, y más concretamente el artículo 76.1, así lo establece: el máximo de cumplimiento de una condena de larga duración no podrá sobrepasar los veinte años, así que ese es el tiempo que estaría en prisión en el peor de los casos para él.

Pero este hombre, ha salido beneficiado del nuevo juicio. Ha logrado que el TSJA anulase el primer juicio y ordenarse repetirlo y en el segundo aunque también ha sido declarado culpable, le han rebajado la pena en 13 años. Aunque la modificación de la pena no cambia nada porque el máximo a cumplir será de 20 años.

Después de aquella sentencia, el acusado cambió de abogado, el nuevo letrado, Manuel Manzaneque, reclamó la nulidad de la sentencia al entender que su cliente, el día de la vista oral, no era consciente de que recaería sobre él una pena tan rotunda. El TSJA le dio la razón y estimó su recurso, así que el juicio se repitió el 5 de diciembre de 2023 con un tribunal distinto al de la primera vez. No cambió el criterio de la Fiscalía de que la norma aplicable era la ley del sólo sí es sí (LO 10/2022), de modo que calificó los hechos según los artículos 181.1 y 3 del Código Penal, pero sí varió su petición provisional y reclamó 58 años de cárcel sólo por los delitos sexuales (11 años y 6 meses por cada uno). La defensa, sin embargo, siguió reclamando su absolución.

En la segunda sentencia, la Sección Tercera respeta los hechos probados de la primera excepto los referidos a uno de los menores marroquíes. En este caso establece que “no resulta probado que el acusado realizara [con este joven] las conductas descritas” relativas a las otras cuatro víctimas, aunque “estuvo en el domicilio  referido junto a los otros y observó cómo Salvador tocaba a sus amigos y les daba dinero”. El tribunal es franco y confiesa que tiene la impresión de que este joven también sufrió abusos, pero no le queda otra que absolver al acusado de este hecho concreto porque el menor lo negó en la entrevista que le hicieron antes del juicio, que es la prueba de referencia. Antes, frente a la Guardia Civil y a la magistrada que investigó el caso, sí dijo que Salvador I.B. le practicó felaciones o lo masturbó. “Esta Sala tiene sospechas fundadas de que la misma actuación del  acusado se produjo respecto del menor, aunque a la vista de su declaración no se le puede imponer condena al negar los hechos inicialmente denunciados ante la Guardia Civil”, explica la Sala.
La reducción de los delitos sexuales a cuatro, es otro gran motivo para que la pena sea menor es que la Sección Tercera elimina la continuidad en todas las agresiones sexuales salvo las de la única víctima con quien Salvador I.B. practicó sexo anal. “Del resto no se puede concretar si las felaciones o masturbaciones se  produjeron en distintos días, lo que introduce dudas en el Tribunal”, explica la sentencia.

En esta última resolución, que el acusado ya ha recurrido de nuevo ante el TSJA, la Audiencia también se le prohíbe acercarse a menos de 200 metros de las cuatro víctimas o comunicarse con ellas durante cuatro años, que es el mismo periodo en que permanecerá en libertad vigilada una vez salga de prisión. Y además deberá indemnizar a cada menor con 5.000 euros, la mitad de lo que había establecido la primera sentencia, que le obligaba a pagar 10.000 euros a cada víctima.

Los hechos se produjeron en 2021

Este pederasta de 65 años se ganó la confianza de cinco adolescentes, todos menores de dieciséis, cuatro de esos menores eran marroquíes y uno rumano . Con ellos el acusado solía coincidir en una pastelería y “mediante regalos” hizo que acudieran a su casa. Allí los invitaba a refrescos y comida para crear “un clima amigable y de confianza”. Después, con “pequeñas cantidades de dinero” de entre 20 y 70 euros u obsequios como “juegos de la Play y botines”, los convenció para realizar distintas prácticas sexuales con él. Con la víctima rumana, además, tuvo sexo anal. Para que no contaran nada “les decía que se iban a meter en un problema muy gordo”, lo que “generó un claro temor” en los menores. Así lo consideró probado la Sección Tercera en su primera sentencia, dictada el 1 de marzo de 2023.

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