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España

La absorción de Bancaja impide a Bankia ejecutar un desahucio

Bankia no pudo ejecutar un desahucio por pertenecer la hipoteca a Bancaja, absorbido por la primera

Bankia no puede ejecutar desahucios por créditos adquiridos de otras entidades. Así lo establece la Audiencia Provincial de Castellón en una sentencia dada a conocer hoy, pero dictada el pasado 12 julio.  El juzgado reconoce a la entidad financiera la titularidad del crédito hipotecario, pero no la capacidad para ejecutarlo,  al ser Bancaja la poseedora efectiva de este derecho y no llevarse a cabo en el registro el cambio de titularidad.

Después de que la pareja dejara de pagar varias cuotas del préstamo, Bankia instó la ejecución hipotecaria, con la intención de recuperar la propiedad de la vivienda. La entidad quería expulsar a don F.G.S y a doña B.N.G, que habían firmado  el contrato hipotecario con Bancaja por un importe de 214.151 euros.

Bankia pretendía ocupar el lugar de Bancaja (que había sido absorbida durante la fusión de las cajas de ahorros) al entender “que no era necesario (…) la inscripción en el Registro de la Propiedad de la cesión a su favor del crédito y de la garantía real constituida en su día”. Es decir, Bankia quería subrogarse en el lugar de Bancaja para poder llevar a cabo el desahucio de la pareja. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Castellón falla en favor de don F.G.S y doña B.N.G por entender que la entidad financiera “no figura como titular del derecho de garantía real que pretende realizar”.

El tribunal considera que en el caso concreto los casos de los créditos hipotecarios ha de existir mayor “rigor y exigencia” y cita incluso jurisprudencia ya aplicada por el Tribunal Supremo con anterioridad. La sentencia no duda de que Bankia ostente un derecho de crédito frente a los afectados pero le niega a la entidad el derecho de ejecución que pudiera ejercitar. Es decir, Bankia no puede hacer efectivo el desahucio.

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