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Economía

Aena se niega a acatar la ley de alquileres y demanda indemnizaciones al Estado

La operadora de los aeropuertos presenta una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley aprobada hace unas semanas en el Congreso

Lucena (Aena) asegura que la variante ómicron introduce "densas sombras sobre la evolución del tráfico aéreo"
Maurici Lucena, presidente de Aena. Europa Press

Aena se niega a acatar la ley sobre sus alquileres. La operadora semipública de los aeropuertos españoles ha solicitado una cuestión de inconstitucionalidad contra la enmienda aprobada hace un mes en el Congreso con vistas a anular la ley y/u obtener indemnizaciones del Estado.

La empresa, con una capitalización actual de 21.000 millones, no ha devuelto los avales ejecutados a inquilinos por impagos durante la pandemia ni ha vinculado los alquileres a la caída pandémica de viajeros respecto a 2019 como le exige la ley aprobada con los votos de PP, ERC, Bildu, JxCat, PNV, Cs y Vox y en vigor desde hace quince días. 

Además, en el marco de un proceso judicial en Madrid contra un inquilino ligado a la Asociación Española de Operadores Comerciales de Aeropuertos, la compañía participada en un 51% por la sociedad estatal Enaire ha interpuesto una cuestión de inconstitucionalidad que el juez podrá archivar o aceptar previo informe favorable del ministerio fiscal. En caso de aceptarlo, la decisión final caería en manos del Constitucional. La compañía se ha planteado recurrir al Alto Tribunal español e incluso, Europa, si fuera necesario, informó ya Vozpópuli.

En el escrito, al que ha podido acceder este diario, la empresa alega el derecho a la propiedad y el carácter expropiatorio de la ley, lo que a juicio de las fuentes jurídicas contrarias a Aena no garantiza éxito a la cuestión de inconstitucionalidad en sí pero pone de relieve que la compañía agotará los caminos para reclamar indemnizaciones al Estado. El mayor accionista privado de la compañía, TCI, pertenece al multimillonario británico Christopher Hohn, especialista en ganar litigios, quien ya a principios de año puso sobre la mesa de los demás consejeros la posibilidad de reclamar responsabilidad patrimonial en caso de que se condonara más del 50% de la Renta Mínima Garantizada a los inquilinos.

Apela al Constitucional

"Como es sabido, si bien las leyes expropiatorias están permitidas en nuestro Derecho, el Tribunal Constitucional ha dejado sentado que “[…] el régimen jurídico ad hoc establecido por las Leyes expropiatorias singulares debe respetar las garantías establecido por las Leyes expropiatorias en el artículo 33,3 de la CE (STC 166/1986, de 19 de diciembre), esto es, las expropiaciones legislativas deben responder a una finalidad de utilidad pública o interés social (“causa expropriandi”), deben garantizar la correspondiente indemnización y deben, por último, respetar lo dispuesto en las Leyes" (STC 48/2005, de 3 de marzo)”, razona ahora el escrito de Aena. 

"En el presente caso, cabe seriamente cuestionar que, a través de la introducción de una enmienda en el Senado, se haya podido justificar suficientemente la concurrencia de la ‘causa expropriandi’. Asimismo, resulta evidente que no se ha incluido indemnización alguna en favor de Aena, lo que supondría, a nuestro juicio, una infracción del artículo 33.3 CE".

1.500 millones de pérdidas para Aena

La operadora de los aeropuertos entiende también que la ley vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva de la compañía -involucrada en una serie de pleitos previos por el asunto-, el principio constitucional de "irretroactividad" de las disposiciones restrictivas de derechos individuales y el de "igualdad", ya que es una ley que solo se aplica a Aena.

"Al tomar como referencia - para determinar la proporción de reducción de la renta debida - no las ventas del año con menores ventas (que reflejaría el riesgo mínimo que toda empresa debería aceptar), sino la proporción entre el número de viajeros de los años 2021 y sucesivos respecto del número de viajeros del año 2019 (el año con más viajeros del siglo) traspasa sus riesgos al arrendador", esgrime el recurso de Aena. "El año de referencia a tomar, si se quisiera aplicar (sin entrar aquí en su pertinencia) la cláusula 'rebus sic stantibus' como criterio de distribución de riesgos, no sería el año con más viajeros, sino, al contrario, el año con menos viajeros", añade el texto de la operadora.  

"Consideramos una muy mala noticia que AENA persista en una actitud hostil y no se avenga a negociar", afirman desde la Asociación Española de Operadores Comerciales de Aeropuertos, la plataforma que agrupa al grueso de los inquilinos demandantes supervisada por el despacho Fieldfisher Jausas. "La AEOCA continuará con a mano extendida para intentar alcanzar acuerdos razonables y solicita que los jueces hagan oídos sordos a esta tentativa de poner en tela de juicio una ley que consideramos constitucional, además de justa y equilibrada".

Aena, en suma, estima que la aplicación de la ley le supondría una pérdida de ingresos por 1.500 millones de euros a lo largo del periodo 2020-2025.

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