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Economía

Salida a Bolsa de Bankia

El abogado europeo: las grandes empresas se pueden apoyar en el folleto de Bankia para reclamar

Los inversores institucionales que acudieron a la salida a Bolsa de Bankia se podrán apoyar en el folleto de los inversiones minoristas para reclamar, pero el Tribunal Supremo tendrá que tener en cuenta más factores, según Jean Richard de la Tour

Rato, el día de la presentación de Bankia.

Nuevo giro en la salida a Bolsa de Bankia. El abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Jean Richard de la Tour ha comunicado que los inversores institucionales podrán apoyarse en el folleto de salida a Bolsa de Bankia para reclamar, pero también ha advertido que el Tribunal Supremo tendrá que tener en cuenta más factores para saber cuál era la información que manejaban las grandes empresas, ya que se tiene que analizar la relación que éstas tenían con el emisor.

Cuando una oferta pública de suscripción de acciones es mixta, es decir, cuando se dirige tanto a inversores minoristas como a inversores cualificados, y se emite un folleto en atención a los primeros, la acción de responsabilidad por el folleto puede ser ejercitada por ambos tipos de inversores, señala el abogado general francés Jean Richard de la Tour.

El jurista, cuyas conclusiones no son vinculantes pero suelen orientar la decisión del tribunal, se pronuncia así sobre una pregunta trasladada a la corte de Luxemburgo por el Tribunal Supremo español a propósito de un litigio entre la Unión Mutua Asistencial de Seguros (UMAS) y Bankia en relación con la responsabilidad de esta entidad financiera por un folleto publicado en una oferta pública de valores que data de 2011.

La demanda a Bankia

La UMAS interpuso una demanda contra Bankia en la que solicitaba, con carácter principal, que se anulase la compra de las acciones por error en el consentimiento y, con carácter subsidiario, que se declarase la responsabilidad de Bankia por falta de veracidad en el folleto de la emisión.

La sentencia de primera instancia declaró la nulidad de la adquisición de acciones por existir un error que viciaba el consentimiento y ordenó la restitución de las cantidades abonadas. La Audiencia Provincial, ante a que recurrió Bankia en apelación, desestimó la acción de nulidad, pero estimó la de responsabilidad por folleto inexacto.

Bankia recurrió entonces en casación ante el Tribunal Supremo. Este alberga dudas sobre si un inversor cualificado, como la UMAS, puede ejercitar esa acción de responsabilidad.

El abogado general asignado al caso sostiene que la normativa europea lleva a desechar la idea de que el folleto solo se establezca con el fin de proteger a los inversores no cualificados y señala que las Directivas europeas persiguen un doble objetivo.

No obstante, aún se tiene que pronunciar a este respecto el TJUE y más tarde será el Tribunal Supremo el que decida. Asimismo, el riesgo de los institucionales en el caso Bankia está muy acotado ya que su gran mayoría ha desistido.

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