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Opinión

Una sentencia importante. Todas lo son

La magistrada Samantha Romero sale de la Audiencia de Palma tras conocerse la condena del caso Nóos.

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Mallorca en el llamado Caso Noós no dejará, sin duda alguna, a nadie indiferente. Resulta precipitado –por su extensión y el escaso tiempo transcurrido desde su publicación- llevar a cabo una valoración técnica de su contenido, que como en toda ocasión, será objeto de crítica, no sólo admisible sino deseable en un Estado de Derecho siempre que no caiga en la descalificación. Pero aún así, nos ofrece ya desde este instante la oportunidad para sintetizar algunas breves reflexiones.

Pone fin en primera instancia a un proceso que había generado una extraordinaria expectación. Esencialmente por dos razones. Por una parte al verse inmerso en una órbita de procesos judiciales que en los últimos tiempos se han visto ubicados ­-como denominador común- en el campo de la delincuencia económica con implicaciones (fácticas o personales) de corte institucional. Sin duda estos asuntos han generado en la opinión pública un interés (y un posicionamiento desvalorativo) más que palpable. Por otra, dada la condición personal de algunos de los acusados (previamente imputados), que provocó un cierto debate –y es posible que siga alimentándolo- sobre la virtualidad del principio de igualdad ante la ley.

Sobre este escenario, el resultado del juicio se concreta en una imposición de penas de inferior extensión a la solicitada por el Ministerio Fiscal, y en la absolución de la Infanta Cristina de Borbón, acusada solamente por una organización cuyos motivos de actuación jurídica no entraremos aquí a valorar.

Nadie debe albergar ninguna duda, ninguna, acerca de la seriedad del Tribunal y de su deliberación a la vista de las pruebas practicadas a lo largo de las sesiones de la vista oral. Frecuentemente se demanda de los tribunales de Justicia (y en especial de los penales) una respuesta rigurosa, de creciente dureza, ante el rechazo social que suscitan determinadas conductas, como sin duda son las que han sido objeto de juicio en esta causa. Pero debe asumir la sociedad que la Justicia penal no está para llevar a cabo una labor ejemplarizante. Posicionarse en esta finalidad sería tanto como encomendar a los Tribunales una misión de escarmiento alejada sin matices de lo que debe ser su actuación: tutelar los derechos legítimos de todos los ciudadanos y de las instituciones, pero con incuestionable sumisión a los principios del orden constitucional, entre los que se encuentra la presunción de inocencia. Muchas veces es sencillo reclamarla a favor propio, y anularla cuando se juzga a un ajeno.

Por otra parte, tampoco queda duda –si es que alguien erróneamente pudo concebirla- acerca de la independencia de nuestros Tribunales de Justicia. Hemos comentado muchas veces que sucede cuando se inicia un proceso penal de repercusión “mediática”. Al propio tiempo que los órganos judiciales dan comienzo a su tramitación, se desarrolla lo que se conoce como “un juicio paralelo” que sigue su curso a un ritmo distinto. Desgraciadamente es una obviedad la lentitud de nuestro sistema judicial. Sería magnífico que los ciudadanos conociesen la precariedad de medios en los que se desenvuelve la labor diaria de nuestros (sus) Tribunales. De ahí casi siempre –aunque no es el único motivo- la tardanza de la tramitación y enjuiciamiento del proceso. El juicio paralelo avanza de modo infinitamente más rápido, y alcanza sus conclusiones en un momento temprano. Algunas veces, su sentido no coincide con la conclusión judicial, y ello no es malo. Simplemente ha de leerse como una prueba de que los Jueces condenan o absuelven sin presiones, aplicando e interpretando con rigor nuestro sistema normativo, y valorando solamente el resultado de las pruebas que, con todas las garantías, se practican en el seno del juicio.

Ojalá todos se representen, aunque sea por un momento, que este modo de actuar ajustado a una concepción imparcial, independiente y rigurosa del sistema judicial, es una garantía que cada vez que se lleva a la práctica, está proyectándose sobre toda la sociedad.

Celso Rodríguez Padrón

Magistrado. Portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura.

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