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La comunidad judía en España reclama la salida del cuadro de Pissarro del Thyssen

ue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia, de Camille Pissarro.

La Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España reclaman la devolución del cuadro 'Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia', de Camille Pissarro, que se exhibe en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid, a los descendientes de sus antiguos propietarios.

Las dos organizaciones, que en todo momento han evitado crear algo parecido a un conflicto diplomático, están personadas en el proceso judicial que se sigue en Estados Unidos y recientemente han expuesto en un escrito enviado al juzgado su posición. "La decisión del tribunal puede establecer un poderoso precedente sobre cómo los tribunales de Estados Unidos deben abordar reclamaciones relacionadas con arte robado por los nazis", señalan.

El cuadro de Camille Pissarro, pintado en 1897, se expone en el museo Thyssen desde el año 1993, y está valorado en 30 millones de dólares. La obra era propiedad en la década de los años treinta del pasado siglo de Lilly Cassirer y su marido, quienes lo vendieron por 360 dólares para conseguir un permiso para huir de la Alemania nazi y establecerse en Inglaterra. En 1976, el barón Hans-Heinrich Thyssen-Bornemisza adquirió el lienzo al dueño de una galería de Nueva York, por 275.000 dólares. En la actualidad son los nietos de aquel matrimonio judío quienes tratan de mantener vivo el litigio.

El museo español asegura que el barón Thyssen-Bornemisza compró la pintura "de buena fe"

En 2015, un juez federal de Los Ángeles dictó que la obra pertenecía, bajo ley española, al museo Thyssen. Pero el pasado mes de julio la Corte de Apelaciones de San Francisco reabrió el caso advirtiendo que el museo no estableció un procedimiento adecuado para determinar si la pintura provenía de un saqueo. El tribunal estadounidense ordenó al Juez de Distrito que entrara a valorar si, cuando compró la pintura en el año 1993, la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza sabía o debería haber sabido que la misma procedía del expolio nazi.

La Fundación Thyssen reaccionó a la medida judicial reclamando una solicitud de reconsideración, punto en el que está ahora el proceso. El pasado mes de septiembre el Estado español presentó en la Corte de Apelaciones de San Francisco un escrito de apoyo a la Fundación Thyssen, firmado por Neville L. Johnson, del despacho Johnson & Johnson, conocido por defender a estrellas de Hollywood, de la música, o a deportistas de élite. El escrito iba acompañado de un informe elaborado por la Abogacía del Estado.

El Estado defiende que en el proceso se han malinterpretado artículos del Código Civil español, en particular el 1956, que establece que las "cosas muebles hurtadas o robadas no podrán ser prescritas por los que las hurtaron o robaron, ni por los cómplices o encubridores, a no haber prescrito el delito o falta, o su pena, y la acción para exigir la responsabilidad civil, nacida del delito o falta".

La Abogacía del Estado sostiene que para que resulte de aplicación el artículo 1956 del Código Civil "es requisito necesario que previamente se haya tramitado un proceso penal con todas las garantías (...)". Las asociaciones judías en España, representadas por el despacho B. Cremades & Asociados, consideran en el reciente escrito presentado en Estados Unidos que la aplicación del artículo 1956 no requiere una sentencia previa.

En su escrito al juzgado, las asociaciones judías españolas recuerdan que entre sus objetivos está el tratar de garantizar que se reparen los daños causados a las víctimas del Holocausto, y que la Fundación Thyssen es una institución financiada con fondos públicos que tiene una obra artística robada por los nazis. El daño resulta más ofensivo, señalan, cuando el Estado español defiende públicamente la supuesta propiedad del museo Thyssen.

La Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España advierte sobre la importancia de este caso y la repercusión que puede tener para futuros casos de robo de obras de arte por parte de los nazis. "En este caso se trata la reparación de crímenes cometidos durante el Holocausto y es especialmente importante que la voz de la Comunidad judía sea escuchada", señala el escrito remitido al juzgado.

También recuerdan que en la Ley 25/1992, por la que se aprobó el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España, se dice en su artículo 13 que el Estado y la asociación "colaborarán en la conservación y fomento del patrimonio histórico, artístico y cultural judío, que continuará al servicio de la sociedad, para su contemplación y estudio".

El Museo Thyssen-Bornemisza emitió el pasado mes de julio un comunicado, firmado por sus abogados, en el que aseguraba que la propiedad del cuadro será otra vez confirmada. "El Barón Thyssen-Bornemisza adquirió la pintura de buena fe en 1976 y la Fundación, a su vez, compró la pintura de buena fe en 1993 -donde ha estado siempre en exhibición al público-", informó.

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