Quantcast

Economía

Palo a Italia: La justicia europea avala imponer pérdidas a acreedores en un rescate bancario

Sede de Monte dei Paschi de Siena, una de los grandes bancos italianos.

La justicia europea acaba de avalar la imposición de pérdidas a los acreedores privados en el caso de que una entidad financiera de la zona euro tenga que ser rescatada con dinero público. El Tribunal de Justicia de la UE, situado en Luxemburgo, ha emitido este martes una sentencia que respalda a la Comisión Europea por su decisión de aplicar quitas a inversores particulares no garantizados (dueños de preferentes y deuda subordinada, por ejemplo) para minimizar el coste para los contribuyentes del rescate de un banco.

La sentencia del alto tribunal europeo supone un espaldarazo para el Ejecutivo Comunitario y a la vez todo un jarro de agua fría para las aspiraciones del Gobierno italiano (dirigido por Matteo Renzi) de alcanzar un rescate para la banca transalpina que no imponga pérdidas a pequeños inversores no cualificados. Tal y como ya contó Vozpópuli, Italia lleva semanas moviéndose para alcanzar un acuerdo con las autoridades europeas que permita recapitalizar a las débiles entidades bancarias sin pasar por ejercicios "reparto de la carga" ya empleados en países como España y contemplados explícitamente por la nueva normativa comunitaria vigente.

Renzi trata de evitar las quitas a minoristas ante la posibilidad más que probable de que las pérdidas a familias y ahorradores desaten un escándalo en Italia

El problema de Italia es que si aplica un rescate público sin coste para los acreedores subordinados (bail out) las autoridades europeas no darían su autorización, toda vez que se vería perjudicada la libre competencia. Es decir, que Bruselas permite ciertas ayudas públicas a sectores como el financiero, pero solo en el marco de planes acordados con la Comisión Europea y tras haber limitado al máximo el coste para el contribuyente (precisamente con los llamados repartos de la carga, o bail in).

Renzi trata de evitar las quitas a minoristas ante la posibilidad más que probable de que las pérdidas a familias y ahorradores (algunos de los cuales con defectos en la comercialización) desaten un escándalo en Italia similar al vivido en España, y que eso pueda hundir su popularidad aún más. Por ello, su Ejecutivo no solo ha tratado de sumar todos los apoyos posibles (el último, del BCE) favorables a un rescate sin imposición de pérdidas, sino que han llegado a culpar al brexit para defender las inyecciones de capital público necesario para sus bancos.

Imponer pérdidas es legal

Con su tono aséptico habitual, el TJUE explica en su sentencia que el reparto de cargas entre accionistas y acreedores como condición indispensable para aprobar un rescate bancario "no infringe el derecho de la unión". Es decir, que entra dentro de la legalidad la exigencia planteada por Bruselas de imponer pérdidas a los acreedores (aunque sean minoristas) para minimizar el coste para el contribuyente.

El origen del caso se sitúa en Eslovenia. En 2013, ante la existencia de cinco bancos con problemas de capital, el Banco de Eslovenia decidió rescatarlos para recapitalizarlos y posteriormente liquidarlos. En ese momento la Comisión Europea autorizó el plan del supervisor esloveno, si bien se aplicaron pérdidas a los accionistas y a los tenedores de deuda subordinada. El criterio del TJUE es que las llamadas medidas de reparto de la carga sirven para garantizar que (como medida previa a la percepción de ayudas de Estado) los antiguos dueños y gestores de una entidad sufren pérdidas para minimizar el coste al contribuyente.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.