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Economía

Economía cede y facilita la quita de deudas personales que le pedían el FMI, Justicia y Podemos

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y el ministro de Economía, Luis de Guindos

El Ministerio de Economía se había negado hasta ahora a suavizar las condiciones para que las personas físicas puedan acogerse a las quitas de deuda incluyendo las hipotecas. Y ello a pesar de que el Ministerio de Justicia y el FMI presionaban en sentido contrario. Sin embargo, este jueves Economía finalmente ha cedido y ha permitido que se introduzca una enmienda bastante sustancial a la Ley de Segunda Oportunidad. Si antes bastaba con encontrar un trabajo en el plazo de cinco años para revocar la cancelación de la deuda, ahora esta losa se exonerará incluso si el deudor ha conseguido un empleo.   

Dentro del procedimiento regular de consultas con el FMI celebrado esta semana, los hombres de negro habían insistido mucho en relajar las condiciones para las quitas de deudas personales. Sobre todo habían exigido que no se pudiese reinstaurar la deuda si una persona conseguía un trabajo. O dicho de otro modo, que no se pueda revocar la quita de la deuda sólo porque el deudor encuentre un empleo.  

“El régimen de insolvencias personales ha sido uno de los puntos que más hemos discutido con los técnicos del FMI. Por mi parte, entre otras cosas, les he explicado que la exoneración de la deuda no se puede cancelar porque el deudor encuentre un trabajo en el plazo de cinco años. También les he dicho que me parece injusto que las entidades se adjudiquen el inmueble al precio de subasta y luego además quieran la diferencia y unos intereses de demora abusivos”, comenta un insigne economista que se ha entrevistado esta semana con los hombres de negro.

Así que el Ministerio de Economía ha negociado con Justicia y finalmente ha claudicado en una cuestión bastante sensible para los votantes, máxime cuando la amenaza electoral de Podemos se asoma por el horizonte. Desde la Comisión Europea al FMI pasando por el Ministerio de Justicia, muchos habían querido meter mano a la Ley de Segunda Oportunidad con el fin de facilitar las quitas de deuda a las personas físicas, una de las medidas más demandadas por una población asfixiada por su deuda hipotecaria.

Economía incluyó una cláusula por la que la exoneración de la deuda se cancelaba si el deudor encontraba un trabajo en el plazo de cinco años

Economía nunca había ocultado que su principal interés era disipar cualquier duda sobre la banca y asegurarse un sistema que guarda los depósitos de todos los españoles. Tanto fue su celo que el primer borrador de la ley elaborado por Justicia fue muy endurecido tras su paso por las manos del Ministerio que encabeza Luis de Guindos. Según aseguran fuentes que tuvieron acceso a las diversas versiones, si el texto de Justicia incluía un periodo de tres años para que se cancelasen las deudas, en cambio Economía lo fijó finalmente en cinco, por encima de lo que recomiendan los organismos internacionales y lo que se está adoptando en otros países como Alemania, que lo redujo a tres.

Allá donde Justicia determinaba que después de ese periodo se cancelaba la deuda, Economía recogía una cláusula por la que la deuda se restablecía si después de cinco años había un cambio de fortuna sobrevenido como la obtención de un trabajo. Y a juicio de expertos y hombres de negro a la par, este punto resulta uno de los más controvertidos: parece normal que si toca la lotería o hay una herencia, estos beneficios extraordinarios se puedan destinar al pago de los créditos. Sin embargo, que la persona obtenga un trabajo nunca debería haber supuesto una causa para revocar la cancelación de la deuda, sostienen. Lo único que acaba provocando es que esa persona se sumerja en la economía B, precisamente lo contrario de lo que habitualmente se pretende con un procedimiento de ‘fresh start’.

“Se trata de dar la posibilidad de comenzar de nuevo a alguien que genuinamente haya sufrido un fracaso de buena fe. Toda la experiencia internacional avala que este tipo de mecanismos favorece la actividad legalizada y, por lo general, no daña al sistema financiero”, argumenta un experto en la materia. Y este paso dado por Economía puede, por tanto, facilitar bastante el retorno de los endeudados a una actividad económica regularizada después de haber pasado por un proceso de quita.    

No obstante, la misma Comisión Europea ha señalado que en España falta un marco regulador de las insolvencias personales. Según el último informe de los técnicos fechado en febrero, las autoridades españolas son reacias a instaurarlo porque “puede perjudicar la sólida cultura de pago existente”. Sin embargo, en opinión del Ejecutivo europeo, la ausencia de una legislación en este sentido sigue constituyendo “un obstáculo para que los deudores particulares financieramente responsables puedan empezar de cero”. “España no cuenta con un procedimiento de insolvencia personal que pueda obligar a los acreedores a negociar acuerdos de liquidación o planes de reembolso con los deudores, consumidores o empresarios cuando éstos no se encuentran en condiciones de atender el pago de sus deudas”, concluye.

“España no cuenta con un procedimiento de insolvencia personal que pueda obligar a los acreedores a negociar acuerdos de liquidación o planes de reembolso con los deudores", concluyen los técnicos de la Comisión Europea

Y ahí radica uno de los principales problemas de la nueva legislación al decir de los expertos consultados. Los bancos no tienen incentivos para negociar ni siquiera con la nueva Ley de Segunda Oportunidad, máxime cuando además los avalistas no se incluyen en el procedimiento de la quita.   

Economía insiste en que de hacerlo de otro modo lógicamente se encarecería el crédito. Sin embargo, una de las voces más reconocidas de España en este asunto, la catedrática de la Complutense Matilde Cuena, explica que cualquier problema de este tipo se solucionaría si las entidades compartiesen los archivos de solvencia positiva. Es decir, que los bancos tuviesen la obligación de poner en común los historiales de crédito de sus clientes, de forma que otro banco que no sea el suyo pudiera saber si un ciudadano es buen pagador.

Otro inconveniente de la Ley de Segunda Oportunidad estriba en que se muestra demasiada selectiva con el tipo de deudas que permite condonar. Muchas no pueden tocarse, y entre ellas destacan las que se mantienen con Hacienda o la Seguridad Social, precisamente aquellas que más acumulan los pequeños empresarios.

En resumidas cuentas, la idea consiste en que primero el deudor negocie una reestructuración de los pagos con el acreedor. De no llegar a un acuerdo y habiendo demostrado la buena fe y ciertos criterios, entonces el deudor puede someterse a una liquidación de sus bienes siempre que haya abonado unos mínimos entre los que se encuentra el crédito hipotecario. En el supuesto de que esto tampoco se cumpla, luego se puede acoger a un plan tutelado de pagos. Y sólo una vez superado ese trámite y transcurridos cinco años se le podrá exonerar de la carga financiera incluida la hipoteca. Incluso llegado a ese extremo, técnicamente tampoco hay una dación en pago porque primero se ejecutará el lanzamiento y, a continuación, habrá que atender una larga lista de requisitos y pasar por el tortuoso proceso antes descrito. "Básicamente, se busca desincentivar el recurso a esta norma", explicaban en su momento fuentes de Economía.

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