Tribunales

El ‘caso Alvia’ llega a Estrasburgo: las víctimas tachan de “vergonzante” que Óscar Puente se niegue a recibirles

El caso va más allá de la condena penal, quieren que el TEDH valore si la investigación cumplió con la ley

  • Accidente de tren Alvia en Angrois.

El 24 de julio de 2013, un tren Alvia que viajaba de Madrid con destino Ferrol descarriló en la curva de A Grandeira de Angrois a tan solo 3 kilómetros de llegar a la estación. El accidente, el segundo siniestro ferroviario más grave de la historia de España, provocó 80 fallecidos y 152 heridos. Pero 12 años después, las víctimas siguen buscando que se haga justicia. Además, han tachado de "vergonzante" que el actual ministro de Transportes, Óscar Puente, se haya negado a recibirles pese a haber pedido poder reunirse con él. 

La Plataforma Víctimas Alvia 04155, de la mano del despacho Administrativando Abogados, ha llegado hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para que valoren si la investigación del accidente cumplió con la ley. Una investigación llevada a cabo por las organizaciones implicadas en el mismo y que tampoco consideran objetiva porque no escucharon a las víctimas. La demanda, presentada el pasado mes de octubre y a la que ha tenido acceso Vozpópuli, acaba de ser admitida a trámite.

El letrado que ha defendido a las víctimas en el procedimiento contencioso-administrativo, Antonio Benítez Ostos, considera que se merecen una investigación objetiva e imparcial. Explica a este digital que en este procedimiento no piden ninguna indmnización, ya que eso corresponde a la vía penal y civil, sino que lo que buscan es conocer la verdad técnica de lo que sucedió aquel día. Entienden que se ha producido una violación del derecho a un proceso equitativo, el cual está reconocido en el artículo 6.1 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales firmado en Roma el 4 de noviembre de 1950.

El primer recurso que interpuso la Plataforma Víctimas Alvia 04155 fue frente al Ministerio de Transportes y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF), pero ante el silencio de la Administración acudieron a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Los magistrados lo estimaron parcialmente y exigieron a la actual CIAF que se reuniese y resolviese por escrito la petición de las víctimas. 

Las víctimas recurrieron la sentencia del TSJM ante el Tribunal Supremo, que fue desestimado tras fallar que la regulación y composición de CIAF cumplió con las exigencias de independencia, imparcialidad y objetividad. Lo que les llevó, posteriormente, a acudir al Tribunal Constitucional al considerar que se había vulnerado el derecho de la Asociación a la tutela judicial efectiva, pero también fue desestimado. 

Contra Óscar Puente

Jesús Domínguez, presidente de la Asociación, se ha mostrado indignado con la forma de actuar del ministro Óscar Puente. Según ha detallado a Vozpópuli, el pasado mes de agosto, cuando se dio a conocer la sentencia penal en que se condenó al maquinista y al director de Seguridad en la Circulación de Adif, solicitaron reunirse con él porque se había condenado a Adif y para hablar del cumplimiento de la normativa ferroviaria. Asimismo entendían que la actual directora de Seguridad debía cesar. Pero desde la Secretaría General les comunicaron que se negaba a citarse con ellos. 

Además, ha señalado que el ministro es un "hipócrita" porque cuando fue alcalde de Valladolid (2015-2023) tuvo unas palabras de recuerdo para las víctimas, especialmente las vallisoletanas, y aprobó en junio de 2016 una moción en la que pedía que se realizara una comisión de investigación independiente compuesta por expertos y técnicos. Por lo que califica tal negativa de "vergonzonería" sobre todo, teniendo en cuenta, que es el único ministro que no les ha recibido.

Asimismo, tal y como expresó la Asociación en un comunicado, este ministro pasará a la historia "cómo el único que no recibió a las víctimas de la mayor tragedia ferroviaria, no depuró responsabilidades políticas y mantuvo de Directora de Seguridad en Adif a alguien que afirmó que no había curvas peligrosas e hizo un peritaje afirmando que todo estaba bien en Angrois".

Por su parte, el letrado Benítez Ostos ha relatado que no puede decir exactamente cuánto tiempo de media le lleva al TEDH examinar una demanda porque la duración del procedimiento depende del tipo de caso o de la rapidez con la que las partes le suministren las informaciones que solicita. Además, ha comentado que puede ser tramitado por un juez único, un comité de 3 jueces o una sala de 7 jueces.

Preguntado por de dónde sacan fuerza las víctimas para seguir batallando 12 años después, ha resaltado que "la justicia les dé la razón" y porque esto "no vuelva a pasar". En el caso de que Estrasburgo estime la demanda se retrotraerían las actuaciones y se obligaría al Estado Español a llevar a cabo esa investigación independiente y objetiva del accidente, que anhelan las víctimas, concluye.

La vía penal

El pasado 26 de julio, un año después del juicio, se dio a conocer la decisión del Juzgado de lo Penal Nº2 de Santiago. Condenó a 2 años y 6 meses de cárcel a Francisco Garzón el maquinista del tren Alvia que descarriló en la curva de Angrois el 24 de julio de 2013, y al que fue director de Seguridad en la Circulación de Adif, Andrés Cortabitarte, por 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave.

También les inhabilitó para el ejercicio de sus funciones durante 4 años y medio y les impuso una indmnización, con responsabilidad civil directa a QBE y Allianz Global, aseguradoras de Renfe Operadora y ADIF, respectivamente, de más de 25 millones de euros a las víctimas.

La jueza María Elena Fernández Currás en su sentencia de 530 páginas, llegó a la conclusión de que ambos acusados infringieron el deber de cuidado que sus cargos les imponían, pues sus actuaciones supusieron «un incremento ilícito del riesgo de un resultado dañoso que estaban obligados a prevenir y capacitados para evitar; y que, por la importancia de los bienes jurídicamente protegidos puestos en riesgo, y que resultaron fatalmente lesionados, solo pueden ser calificadas como de graves”. No obstante, la Fiscalía de Galicia recurrió esta sentencia para pedir la absolución de Cortabitare y solicita loa condena al maquinista por otro delito de homicidio en relación con un fallecido con posterioridad al siniestro. 

 

 

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli