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Política

¿Y ahora qué? Cataluña se enfrenta a un tiempo muerto

Hemiciclo del Parlament de Cataluña

El presidente del Parlament, Roger Torrent, ha aplazado este martes la sesión de investidura de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat. El Tribunal Constitucional había impuesto como medida cautelar que el candidato Puigdemont se presentara físicamente. Y aunque el expresidente de Cataluña había amenazado con acudir sin pedir antes autorización al Tribunal Supremo, y JxCat aseguraba haber acordado con ERC y la CUP celebrar el pleno aunque Puigdemont no estuviera delante, finalmente no se ha celebrado. 

El calendario establecía que, una vez constituida la Mesa, Torrent debía proponer la investidura de un candidato en 10 días hábiles, es decir, antes del 31 de enero. Lo propuso, Carles Puigdemont, y lo mantiene. Asegura no tener otro candidato en mente ni intención de cambiarlo. Entonces, ¿ahora qué? 

La autonomía de Cataluña vuelve a quedar en evidencia. Hasta que no haya un pleno para investir a un candidato, no corren los plazos para convocar elecciones. Y hasta que no haya un nuevo Gobierno constituido, el 155 continuará en vigor. En definitiva, Torrent renuncia a salvar el autogobierno para mantener a Puigdemont. 

La duda está ahora en cuándo se celebrará este pleno de investidura para que vuelvan a correr los plazos. El Tribunal Constitucional debe resolver si admite o no a trámite el recurso presentado por JxCat contra el acuerdo de suspender el debate de investidura de este martes si Puigdemont no se presentaba. Para hacerlo tiene también 10 días hábiles desde su presentación el pasado 29 de enero. 

Otra cuestión es si el hecho de no haber celebrado el debate dentro de los 10 días hábiles desde la constitución del Parlament supone una infracción de la ley. Según la Generalitat de Cataluña, la decisión de Torrent sí sería ilegal y el pleno de investidura debería comenzar como muy tarde el 31 de enero. Sin embargo, el auto del Tribunal Cosntitucional da cobertura a Torrent para aplazar el pleno hasta que el máximo tribunal resuelva el recurso presentado por JxCat.

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