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Política

La defensa de Jordi Sànchez no puede presentar un recurso al TEDH por falta de tiempo

Jordi Sànchez, en prisión, es la persona propuesta

La defensa del candidato a la Presidencia de la Generalitat, Jordi Sànchez (JxCat), en prisión provisional por rebelión, no podrá presentar este viernes un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) porque la notificación formal de la decisión del Tribunal Supremo de no excarcelarle para acudir al pleno ha llegado tras el cierre del alto tribunal europeo.

Fuentes de la defensa han explicado que la notificación del auto del magistrado Pablo Llarena, en el que se descarta permitir que Sànchez salga en libertad para estar presente en el pleno de investidura de este lunes, ha llegado al bufete a las 16.35 horas.

Se da la circunstancia de que la oficina de tramitación de demandas del TEDH está operativa de lunes a viernes de 8 a 16 horas, por lo que hasta el próximo lunes no se podría presentar el recurso que la defensa anunció en caso de que se le denegara la libertad, el mismo día en que está fijado el pleno de investidura.

Las citadas fuentes aseguran que el hecho de que se les haya dado traslado formal de la decisión "tan tarde" no es casual y que dificulta que hayan podido recurrir al alto tribunal europeo para pedir unas medidas cautelarísimas para que Sànchez fuera excarcelado para acudir a su investidura.

El magistrado Pablo Llarena ha basado su decisión en el riesgo de reiteración delictiva

Ahora se está acabando de decidir si dicho recurso en el TEDH se presentará la semana que viene y en qué términos, puesto que en principio no habría tiempo de aplicar las medidas cautelarísimas que le permitieran ser investido presidente.

Reiteración delictiva

El magistrado Pablo Llarena ha basado su decisión en el riesgo de reiteración delictiva, al subrayar que los delitos que está investigando se desplegaron precisamente desde actuaciones legislativas y ejecutivas "claramente ilegales, y desatendiendo de manera flagrante los controles constitucionales, judiciales e institucionales dispuestos en el ordenamiento jurídico, lo que se hizo en aplicación de una táctica que no ha sido excluida y sigue respaldándose de presente".

Entre otros argumentos, el juez resalta que una conducción vigilada de Sànchez al Parlament no aporta la contención precisa para un traslado seguro, "menos aún en quien -como reflejan los hechos descritos al principio de esta resolución- ha empleado su liderazgo en desbordar y sobrepasar la fuerza que un Estado democrático puede aplicar para la observancia de la ley".

Además, cree que dejarle en libertad "no supone sino favorecer la reiteración delictiva que trata de conjurarse, visto que la actividad delictiva que se investiga se desplegó -precisamente- desde actuaciones legislativas y ejecutivas claramente ilegales, y desatendiendo de manera flagrante los controles constitucionales, judiciales e institucionales del ordenamiento jurídico, lo que se hizo en aplicación de una táctica que no ha sido excluida y sigue respaldándose de presente".

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