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Política

Cuixart se basa en la doctrina sobre Otegi para intentar apartar a todos los jueces del 'procés'

Jordi Cuixart

El presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, acusado por el delito de rebelión durante el proceso independentista en Cataluña, ha pedido que todos los magistrados que le juzgarán próximamente sean apartados de este tribunal basándose en la reciente doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en la que se afirmó que Arnaldo Otegi no había tenido un juicio justo por el caso Bateragune.

Cuixart, al igual que el resto de líderes del 'procés', señala que el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, no puede continuar como presidente de este tribunal, ni redactar la sentencia, tras el mensaje del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, en el que se jactaba de que si este magistrado ostentaba la presidencia del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Tribunal Supremo, tal y como acordaron los 'populares' y el Gobierno, podrían controlar "desde detrás" la Sala Segunda del alto tribunal y la conocida como Sala del 61.

El escrito del equipo de abogados que defienden a Cuixart, coordinado por Marina Roig, presentado el pasado 20 de noviembre reproduce el 'whatsapp' de Cosidó para resaltar la vinculación de Marchena con el PP. Pero éste va más allá y también solicita que el resto de magistrados que componen el tribunal también sean apartados, tal y como ha avanzado 'El Confidencial'.

El incidente de recusación, al que ha tenido acceso Europa Press, destaca que las "dudas de imparcialidad" sobre Marchena se "extiende" a los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Luciano Varela, Ana María Ferrer y Andrés Palomo dejen el tribunal que juzgará el 'procés'.

Para ello, se acoge a la sentencia que dictó el pasado 6 de noviembre el TEDH, con sede en Estrasburgo, en el que se dio la razón a la defensa de Otegi que alegó que la presidenta del tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó al exportavoz de Batasuna, Ángela Murillo, estaba "contaminada" por un prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él y que esto afectó a la imparcialidad del resto de jueces.

El tribunal europeo afirmó en su resolución que "debido al secreto de las deliberaciones, no es posible saber cuál fue la influencia real de la presidenta del tribunal en esa ocasión" y, por tanto, "en consecuencia, la imparcialidad de esa formación de la Sección podía ser susceptible de una duda razonable".

((Habrá ampliación))

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