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Opinión

Hablemos de Polonia

Una de las enseñanzas del caso polaco es que esa regresión se ceba en la independencia del Poder Judicial y siempre va acompañada de una retórica supuestamente democrática. Igual podría servirnos de aviso

Carlos Lesmes.
Carlos Lesmes. Europa Press

"Todo estaría perdido si el mismo hombre o el mismo cuerpo de notables, o del pueblo, ejerciera los tres poderes: el poder de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre particulares". Cualquier lector asocia el nombre de Montesquieu con la doctrina de la separación de poderes, según la cual las tres ramas del gobierno han de ser cuidadosamente delimitadas y ejercidas por diferentes personas u órganos. La doctrina se ha convertido justamente en uno de los pilares del constitucionalismo y el aristócrata de Burdeos debe buena parte de su gloria al capítulo sobre la Constitución de Inglaterra donde la expuso. Ahora que Página Indómita publica el libro XI de El espíritu de las leyes, sería aconsejable releer la parte donde explica que reviste especial importancia separar el poder judicial de los otros dos poderes, pues sin esa separación no hay libertad posible.

Bueno es recordarlo en los tiempos que corren. Un Poder Judicial independiente constituye el requisito indispensable del Estado de Derecho, por ello no hay forma más eficaz de socavarlo que atacando la independencia de los tribunales. Dada la preeminencia de gobiernos y parlamentos, así como la intensa relación que mantienen en el Estado de partidos, la línea de fractura más probable de la división de poderes pasa por el judicial. No faltan ejemplos de esa injerencia de los otros poderes, sin necesidad de acudir a dictaduras o regímenes autoritarios ni salir de Europa.

Los jueces europeos recuerdan que los tribunales nacionales, que tienen que aplicar la legislación europea, han de cumplir con los requisitos de imparcialidad e independencia

El caso más notorio en la Unión Europea es Polonia. Sin ir más lejos, el pasado 2 de marzo el Tribunal Europeo de Justicia (TJUE) volvía a pronunciarse sobre las reformas judiciales efectuadas en aquel país, en este caso sobre los cambios introducidos en el sistema de designación de los jueces del Tribunal Supremo. Como viene reiterando en sucesivas sentencias de los últimos años, el Tribunal con sede en Luxemburgo señala que dichas reformas "podrían violar el Derecho de la Unión" y que en tal caso rige la primacía del Derecho comunitario. A tal efecto, señala que los nombramientos en la administración de justicia no pueden escapar a la revisión judicial por el órgano jurisdiccional competente, como pretendían las modificaciones legales introducidas en 2019, por las que se impedía a los candidatos a las plazas en el Supremo interponer recurso o se decretaba retrospectivamente el sobreseimiento de los recursos pendientes. Además, los jueces europeos recuerdan que los tribunales nacionales, que tienen que aplicar la legislación europea, han de cumplir con los requisitos de imparcialidad e independencia, pues de lo contrario quedaría en entredicho el derecho de todo ciudadano a la tutela judicial efectiva.

Los portavoces del Gobierno polaco, como es costumbre, han recibido la sentencia con hostilidad indisimulada. "Es inaceptable para nosotros", ha declarado el ministro de Justicia, quien se niega a reconocerla alegando que el Tribunal de la Unión Europea se ha excedido en sus funciones, entrometiéndose en el orden legal de un Estado soberano. Los miembros de la oposición y las asociaciones judiciales polacas, por el contrario, han recibido la resolución como una confirmación de sus denuncias, según las cuales el partido gobernante está llevando a cabo un plan sistemático de demolición de la independencia del poder judicial, subvirtiendo así el orden constitucional de aquel país. Algunos parlamentarios europeos han reclamado por ello que la Comisión Europea acelere el procedimiento de infracción para aplicar sanciones a Polonia por vulnerar los valores de la UE.

Reemplazo de magistrados del Supremo

Si uno contempla las reformas emprendidas en su conjunto, la cuestión deja poco lugar a dudas. Nada más volver al poder en 2015, el partido Ley y Justicia (PiS) abrió una crisis en el Tribunal Constitucional, reemplazando de la noche a la mañana a los jueces y cambiando las reglas de procedimiento con el propósito de evadir el control de constitucionalidad, hasta el punto de que varios de sus expresidentes lo consideran abolido de facto. Posteriormente intentó adelantar la edad de jubilación con lo que hubiera podido reemplazar a cerca de un cuarenta por ciento de los magistrados del Supremo. Aparte de cambiar el modo de nominación para la presidencia del Tribunal Supremo, el ministro de Justicia se reservó la potestad de designar y relevar a los presidentes de tribunales inferiores, lo que se tradujo en un centenar de cambios sólo en 2017-2018.

Las medidas legislativas introducidas a partir de 2017 han reforzado además los mecanismos de control sobre el poder judicial, no sólo otorgando competencias sancionadoras al ministro, sino creando una sala disciplinaria especial en el Supremo, integrada por miembros afines al ejecutivo y encargada de aplicar un severo régimen sancionador a aquellos jueces que osen poner en cuestión públicamente la reestructuración del sistema judicial o los nombramientos de nuevos jueces. Ha sido nada menos que un antiguo presidente de la Corte Suprema quien habla de "ley mordaza". El resultado, como señala la Comisión de Venecia en su informe, ha sido establecer "una estructura jerárquica de subordinación dentro del poder judicial, con el ministro de Justicia en la cúspide".

Si cambian comunista por franquista, todo esto a lo mejor les suena. Sean populistas de derechas o de izquierdas, la melodía de fondo resulta familiar: los jueces no pueden poner obstáculos a la voluntad popular

La pieza clave de todos estos movimientos ha sido la modificación del sistema de nombramiento del Consejo Nacional del Poder Judicial de Polonia (KRS), equivalente a nuestro Consejo General del Poder Judicial. Antes de la reforma, 15 de sus miembros eran jueces elegidos por sus colegas; desde 2017 los quince han pasado a ser designados por el Parlamento, que ya nombraba otros seis miembros (cuatro la Cámara de diputados y dos el Senado). La mayoría parlamentaria del PiS se asegura así el control completo del gobierno de los jueces, pues el Consejo no puede ser visto ya como un órgano independiente, en opinión de la Comisión de Venecia.

No es un detalle menor que las reformas se hayan justificado (¡cómo no!) en nombre de la democracia. El objetivo pretendido es la democratización del sistema judicial, incrementando la rendición de cuentas de los jueces ante los ciudadanos o sus representantes. La otra cara de esa retórica ha sido una campaña de desprestigio a través de medios de comunicación y redes sociales acusando a los jueces de moverse por intereses corporativos, corrupción o ser una prolongación de la élite comunista enquistada en el Estado. Si cambian comunista por franquista, todo esto a lo mejor les suena. Sean populistas de derechas o de izquierdas, la melodía de fondo resulta familiar: los jueces no pueden poner obstáculos a la voluntad popular expresada en las urnas; de lo contrario, los líderes de la mayoría tienen un mandato democrático para desembarazarse de límites y controles.

Dos excepciones en Europa

Si el caso polaco se antoja preocupante, algunas similitudes deberían inquietarnos también. La propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que presentaron en otoño pasado el PSOE y Unidas Podemos era un calco de la del PiS: eliminaba el requisito de los tres quintos para que el Congreso eligiera por mayoría absoluta a los doce jueces que formarán parte del Consejo General del Poder Judicial, exactamente como hacen en la cámara baja polaca. Incluso sin esa reforma el actual sistema de elección de los miembros del CGPJ nos sitúa como una excepción en Europa, en la incómoda compañía de Polonia. Como recordaba recientemente Francisco Hazas, de todos los países europeos que cuentan con un consejo nacional de la magistratura, sólo hay dos en los que la totalidad de sus miembros es elegida por el Parlamento, sin que al menos una parte significativa sean jueces elegidos por sus pares. Ya adivinan cuáles. De modo que las recomendaciones de la Comisión de Venecia, que viene instando a Polonia a cambiar el sistema de elección de su Consejo del Poder Judicial para garantizar su independencia, también se nos aplican a nosotros.

En la literatura especializada se habla ahora de rule of law backsliding para describir la deriva iliberal que estamos viendo en Polonia, donde gobernantes democráticamente elegidos persiguen debilitar los checks and balances necesarios en un régimen constitucional, apoderándose de aquellas instituciones que podrían servir de contrapesos. Una de las enseñanzas del caso polaco es que esa regresión se ceba en la independencia del Poder Judicial y siempre va acompañada de una retórica supuestamente democrática. Igual podría servirnos de aviso, aunque no creo. Las cosas siempre se ven mucho más claras cuando se trata de Trump, de Orbán o del PiS.

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  • R
    Robustiane

    Tu qué sabes de Polonia?

    Mazurka Dabroskiego!.

    Habéis dado en duro con los polacos, el pueblo mas firme, sufrido, valiente hasta el heroismo ...y resistente de Europa.

    Dios salve a Polonia!..que se lo merece.
    Deja a Polonia en paz y mira para tu casa que está ardiendo por los cuatro costados, soplagaitas.

  • S
    sergioabelleira

    Completamente de acuerdo. y si a ello unimos la pretensión de que instruyan las causas penales fiscales, sometidos a una pirámide jerárquica cuya cúspide es nombrada por el Gobierno, terminamos de arreglarlo.
    Vamos pero que muy bien caminito de Caracas.