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Opinión

Hacia un nuevo mercado laboral

En lugar de adaptar el marco normativo a la realidad económica y social, pretenden encajar la realidad a martillazos en sus modelos preestablecidos

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Gente en la cola del paro ante una oficina del INEM en Madrid

El mercado laboral español no funciona. “Pues vaya obviedad con la que empieza la columna”, diréis y con razón, porque es algo tan evidente que no debería ser necesario ni decirlo. Sin embargo, esto que todos los ciudadanos percibimos cada día, especialmente los más jóvenes que lo sufren en toda su crudeza, no parece que a los gobiernos que se llevan sucediendo en España en las últimas décadas les acabe de importar de verdad.

Tampoco descubro la pólvora si digo que, de todos los problemas que aquejan nuestro mercado laboral, el más acuciante es el de la “dualidad”. El abuso de la contratación temporal es por todos conocido y, en contra de lo que algunos sostienen, no se debe a nuestro modelo productivo. Países de nuestro entorno que también se caracterizan por un elevado peso de la hostelería y el turismo, como Italia o Grecia, tienen tasas de temporalidad entre 10 y 15 puntos porcentuales inferiores a la española. Nuestro problema es, fundamentalmente, regulatorio. Escudarse en nuestra estructura productiva es solo un ejercicio de inaceptable complacencia o, peor, una excusa para la inacción.

El castigo de nuestro modelo laboral a los jóvenes en particular es flagrante, los condena al encadenamiento de contratos temporales —cuando no prácticas— que impide en muchas ocasiones su emancipación, la posibilidad de realizarse profesionalmente, o, no digamos ya, la posibilidad de formar una familia si lo desean.

Conceptos como la flexibilidad, la versatilidad o la movilidad cobran fuerza en un entorno cada vez más dinámico, digitalizado y global

Solo esto ya debería ser motivo para abordar una reforma de la legislación laboral, pero el surgimiento de nuevas formas de trabajo, la revolución digital y su impacto en el empleo y la organización económica en general en los últimos años plantea un reto adicional. Conceptos como trabajador por cuenta ajena, indefinido, o por cuenta propia, parecen no importar cuando atendemos a la realidad económica que cada vez impregna más los sectores productivos de nuestro país. Por el contrario, conceptos como la flexibilidad, la versatilidad o la movilidad cobran fuerza en un entorno cada vez más dinámico, digitalizado y global.

Los sucesivos gobiernos, sin embargo, no han sido capaces de ir más allá de los parches para cubrir el expediente, que se han demostrado ineficaces. El caso de la conocida como “ley de riders” es paradigmático: se pasa de una presunción de trabajo por cuenta propia que daba lugar a casos de fraude y abuso a una presunción de trabajo por cuenta ajena que, aunque con buenas intenciones, expone a quienes sí ejercían de trabajadores autónomos a la pérdida del empleo si las condiciones de la relación laboral les perjudican o a una innecesaria litigiosidad.

Un marco del siglo XXI

El problema de fondo es que, entre unos y otros, nadie quiere cambiar el modelo. En lugar de adaptar el marco laboral a la realidad económica y social, pretenden encajar la realidad a martillazos en sus modelos preestablecidos, caiga quien caiga. El Ministerio ha intentado que cualquier situación laboral, ya sea fruto de la nueva economía digital o no, pueda encuadrarse dentro de un marco del mercado laboral del siglo XXI.

Una reforma apropiada del mercado laboral se debe centrar en superar la división binaria entre "trabajador" y "autónomo" que plantea el trabajo a través de las plataformas en la actualidad, pero que muy pronto afectará a muchos otros sectores. Sin embargo, esto no puede traducirse en una desprotección de los trabajadores. Merecen aquí especial atención los trabajadores autónomos, ya que su figura laboral se ha utilizado muchas veces para ganar mayor flexibilidad, pero pagando un alto precio en términos de derechos.

El objetivo debe ser otro: encontrar un marco regulatorio único que pueda acoger la totalidad de las relaciones laborales y que adecúe los derechos y obligaciones al nivel de control de la empresa en la gestión de recursos, horas trabajadas, libertad de las partes y, en general, el grado de dependencia del trabajador frente a la empresa.

Libertad de elegir

Dicho de otro modo, una sola figura contractual que module la protección del trabajador en función de su dependencia de forma automática, eliminando litigiosidad y permitiendo a los trabajadores desarrollar libremente su carrera profesional con la libertad y seguridad suficientes.

Debemos acabar con el modelo actual dicotómico en el que unos tienen todo y otros no tienen nada. Nuestros esfuerzos deben orientarse hacia una solución integral y flexible, que ponga a los trabajadores en el centro, que les dé la libertad de elegir sin volverlos vulnerables, que les proteja sin menoscabar la innovación y que, en definitiva, les permita desarrollar una carrera laboral en plenitud.

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