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Opinión

Señora Díaz, un pasito adelante y otro para atrás

Como nos habíamos puesto en lo peor, no deja de ser bienvenida una reforma que aporta detalles en positivo y, en otros, no todo lo negativo de lo esperado

Señora Díaz, un pasito adelante y otro para atrás
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Europa Press

Por fin hubo fumata blanca y, al final, el resultado fue mejor de lo esperado. O al menos mejor de lo anunciado semanas antes. La reforma laboral, presentada hace pocos días por los agentes sociales y la vicepresidenta Yolanda Díaz, se quedó en un quiero y hago lo que puedo. Es decir, un pasito para adelante y otro para atrás sin que las consecuencias esperadas de la misma puedan aventurarse disruptivas. Pero, como nos habíamos puesto en lo peor, no deja de ser bienvenida una reforma que aporta detalles en positivo y, en otros, no todo lo negativo de lo esperado.

La reforma tiene en su parte más positiva su avance en la lucha contra uno de los mayores males que acucian a la fuerza laboral española: la temporalidad. Los incentivos creados y no eliminados por las diferentes reformas laborales de los últimos cuarenta años han logrado enquistar a entre un cuarto y un tercio de los trabajadores españoles en una situación de precariedad e inestabilidad laboral. Pero el problema es mucho mayor cuando sabemos que esta falta de estabilidad y enorme precariedad recae siempre sobre los mismos, impidiendo que no solo no puedan plantearse una vida laboral digna, sino además personal y familiar. Más aún, la correlación entre temporalidad, desempleo e ineficiencia productiva es evidente, y provoca otros muchos males que aquejan a la economía española y a la sociedad que de ella vive.

La reforma no modifica los costes de despido, elemento importante a la hora de explicar la dualidad y, esto es quizás lo mejor, trata de simplificar el posible uso de esta, aunque no es tan valiente como para llevar a la mínima expresión la tipología contractual. Por último, penaliza la rotación de trabajadores con contratos temporales menores de 30 días. Esto está bien, aunque habrá que esperar si el recargo que se ha impuesto tiene efecto disuasorio.

Quienes hayan tenido la necesidad y obligación de hacer frente a necesidades de contratación dentro de la administración saben muy bien las dificultades que esta tarea acarrea

A esta redefinición deberán ayudar otras estrategias que limiten el uso de la temporalidad, si es que de verdad queremos limitarla a los usos necesarios e imperativos. Por un lado, atacar una de las grandes fuentes de esta y que no es otra que la propia administración pública. La enorme rigidez para la contratación estable en este ámbito impide evitar que se caiga en la solución del contrato temporal. Quienes hayan tenido la necesidad y obligación de hacer frente a necesidades de contratación dentro de la administración saben muy bien las dificultades que esta tarea acarrea. La reforma de la función pública anunciada deberá ir claramente contra este coste.

Por otro lado, es imperativo seguir atacando el fraude, algo que con el uso de las nuevas tecnologías es factible y que desde hace un tiempo ya se viene haciendo. Finalmente, el uso de la temporalidad es inversamente proporcional al nivel de flexibilidad interna en las empresas. El recurso a ella es un seguro contra unos probables costes laborales que llegan en momentos de incertidumbre. La dificultad de poder evaluar a priori el coste de despido en caso de contratos indefinidos, por ejemplo por una posible judicialización, incentivaría el abuso de la temporalidad. Y es aquí, en la flexibilidad interna donde, a priori, se habría dado un pequeño y relativo paso atrás.

Ante un shock negativo de demanda, la tensión generada por esta escasa flexibilidad termina por romper a través del despido de parte de la plantilla

Pongo tantos adjetivos al “paso atrás” porque otras medidas podrían compensar, siempre y cuando se demuestren eficaces. El paso atrás es la vuelta a la ultraactividad de los convenios colectivos, ya que genera incentivos perversos en momentos de recesión. Desde la perspectiva del trabajador puede ser un logro poder contar con esta baza. Y ciertamente concede más capacidad de negociación a un colectivo que lo ha visto erosionado en estos últimos años por razones muy diversas, y no pocas ajenas a la reforma de 2012. Sin embargo, lo que importa son los beneficios y costes a largo plazo. La ultraactividad se vio como uno de los grandes problemas ante el necesario ajuste que exigió la Gran Recesión. Durante los peores momentos de una crisis no existen incentivos para negociar a la baja por parte de los trabajadores, por lo que es de esperar que la renovación de los convenios no acontezcan con tanta frecuencia en estos momentos. En esta situación, y ante un shock negativo de demanda, la tensión generada por esta escasa flexibilidad termina por romper a través del despido de parte de la plantilla.

La buena noticia es que el tan difamado descuelgue empresarial introducido en 2012 y que apenas se ha usado desde entonces por razones cíclicas, se mantiene. Las empresas en situación de necesidad podrán descolgarse en asuntos como el diseño de jornada laboral, lo que podría, en cierto modo, compensar la falta de ajuste de los convenios a la realidad cíclica si la ultraactividad vuelve a campar por sus fueros.

La reforma se presenta mucho más suave de lo que se llegó a adelantar no hace muchas semanas y que más que suponer una derogación implica un reajuste

Finalmente, y como medida que puede facilitar esta flexibilidad, hay que destacar la redefinición de los ERTEs, cuya eficacia se ha demostrado en una crisis como la causada por la pandemia. En este caso el mecanismo RED trata de definir las razones y los procedimientos necesarios para que las empresas puedan acudir a ajustes temporales de jornadas y empleo sin necesidad de romper la relación laboral. Sin embargo, el defecto que se le encuentra, y como casi siempre sucede en este tipo de procedimientos, es el peligro a la arbitrariedad política para su definición ya que debe ser la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos la que defina el momento y sectores que pueden acudir a este procedimiento y, luego, necesitar de la autorización administrativa. La sencillez y rapidez de estas gestiones determinarán si este mecanismo se convierte en una verdadera herramienta contra-cíclica en el empleo.

Hay más cuestiones, como, por ejemplo, la regulación de la subcontratación, que se trata de ajustarla a la nueva realidad de ciertas plataformas, con elementos también positivos. Así, en general, la reforma se presenta mucho más suave de lo que se llegó a adelantar no hace muchas semanas y que más que suponer una derogación implica un reajuste y apretón de tuercas a la de 2012. Quita muy poco y da, y esta puede ser la mayor crítica, poco. NO va a ser la reforma que nuestro país necesita. Sin embargo, y al menos, parece que su saldo es relativamente positivo. Como dijo la canción, un pasito p’alante y otro pasito para atrás, Sra. Díaz.

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