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Análisis

Messi condena a la 'ignorante' Infanta

Fotografía de archivo del jugador del FC Barcelona Lionel Messi y su padre, Jorge Horacio Messi, en la sala de la Audiencia de Barcelona.

Como se sabe la respuesta, no se pregunta. Y así, la culpa la tiene el mensajero, el asesor, el contable... Pero el caso Messi es un golpe en la línea de flotación de los ‘ignorantes’ fiscales. Aquellos que van de listos haciéndose los tontos. Cerrando los ojos ante circunstancias sospechosas bajo el argumento de que “yo no sé lo que firmaba”. Lo hizo el astro argentino. Pero también los actores Imanol Arias o Ana Duato, más recientemente. Y la Infanta Cristina, como ejemplo hiperbólico.

El caso Messi es peligroso para todos ellos. La sentencia supone que, al menos en materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otro tipo de tributos, queda prohibido que quien firma, pueda hacerse el tonto. Los magistrados suscriben la jurisprudencia en el juicio al futbolista de que "existe un deber de conocer que impide cerrar los ojos ante circunstancias sospechosas".  Y agregan que no se puede transmitir a la ciudadanía que "es preferible inhibirse a preocuparse".

La sentencia deja pocos atajos en el camino de defensa de la Infanta basado en la figura de la ignorancia deliberada. “Quien se pone en situación”, admite un alto representante de la judicatura, “sin querer saber aquello que puede y debe saberse, y sin embargo se beneficia de la situación, está asumiendo y aceptando todas las consecuencias del ilícito negocio en el que voluntariamente participa”.

Este fue el caso de Messi. La ignorancia alegada por el futbolista para defenderse por la acusación de defraudar 4,1 millones de euros de IRPF y por ocultar más de 10 millones percibidos por sus derechos de imagen no podía conllevar automáticamente la exoneración de la conducta delictiva del jugador, como así finalmente ha ratificado la Justicia. En caso contrario, según reconocen varios expertos fiscales, se habría creado una doctrina que dejaría el delito fiscal únicamente reservado para las defraudaciones cometidas por aquellas personas con conocimientos tributarios acreditados.

Hacienda sostiene que para la inculpación de los delitos fiscales a Messi es indiferente que su padre reconozca que él creó el entramado societario

La evasión de los derechos de imagen de Messi se remonta a 2005 a través de tres sociedades domiciliadas en los paraísos fiscales de Belice, Reino Unido y Suiza, antes de la firma del contrato laboral y de imagen del jugador con el F.C. Barcelona. Estos contratos los ratifica notarialmente Leo Messi meses después de alcanzar la mayoría de edad.

En 2007, tras las desavenencias que el futbolista tuvo con el asesor Rodolfo Schinocca, ese entramado societario fue sustituido por otro similar con otras tres sociedades domiciliadas Uruguay, Reino Unido y Suiza, en las que Messi cedió, sin contraprestación alguna, todos los derechos de imagen, firmando el contrato en su propio nombre y, además, como director general de la sociedad uruguaya de la que era él único accionista. Por ello, los Técnicos de Hacienda sostienen que para la inculpación de los delitos fiscales a Messi es indiferente que su padre reconozca que él creó el entramado societario y era quien gestionaba económicamente los derechos de imagen de su hijo.

Así, Messi es el obligado tributario, quien genera los ingresos no declarados y es beneficiario de los mismos. Además, es el propio futbolista quien ratifica personalmente ante notario el contrato inicial de cesión a Sports Consultants LTD, tras alcanzar la mayoría de edad. Además, Messi intervenía como administrador de Jenbril SA, con domicilio en un paraíso fiscal, que, a su vez, encomendaba a otras empresas, radicadas en jurisdicciones de conveniencia, la prestación de servicios relativos a la conclusión de contratos de patrocinio, esponsorización y merchandising. Estas contrataban con las empresas pagadoras, debiendo intervenir en ocasiones Messi en los mismos contratos en la doble condición de administrador y de jugador. Asimismo, el argentino dispone de firma autorizada en la cuenta abierta a nombre de Jenbril SA en Andbank.

Por todo ello, Gestha rechaza los argumentos del futbolista y concluye que "a lo anterior, además, se suma una última consideración, ya que no es habitual en la relación entre un padre y un hijo (si ésta es buena) que el primero emprenda conscientemente acciones que puedan perjudicar al segundo, determinantes eventualmente de la imputación de hechos delictivos, sin consultarle o explicarle, aun de modo sucinto, el marco general y los riesgos que pueden derivarse".

¿No hizo lo mismo Urdangarín? Parece lo lógico. Pese a la declaración de la Infanta ante el juez del caso Noos. “Desconozco los detalles de las sociedades y de las organizaciones, si son mercantiles o no lo son, cómo son las organizaciones, pero en este caso concreto me lo pide mi marido [crear al 50% Aizoon], a mí me parece bien, confío en el proyecto y nada más allá”.

 Este es un mal precedente para una Infanta que se escudó en la ignorancia y la desmemoria

La esposa de Urdangarin se retrató durante el interrogatorio como una mujer ajena a la actividad de la empresa familiar, que dejaba todo en manos de su marido: “Yo confío en mi marido. Mi marido es el que lleva los temas económicos y [lo que me propuso] a mí me pareció bien. Yo nunca se lo he preguntado, ni he controlado ni he gestionado (…) Aizoon, ni sé cómo han ido las cosas. Desconozco lo que hacía Aizoon”.

Lo mismo argumentó Messi de su padre y asesores. De nada le sirvió. Un mal precedente para una Infanta que se escudó en la ignorancia y la desmemoria —usó evasivas más de 533 veces al responder a 400 preguntas— en su declaración ante el juez José Castro para declararse ajena a los negocios y actividades bajo sospecha de su marido. Hacerse el tonto ante Hacienda parece que ya no sirve. Haría bien la hermana del rey en ir poniendo sus barbas a remojo.

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