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Opinión

La adulteración de las instituciones democráticas en España

Plano general del hemiciclo del Congreso.
Plano general del hemiciclo del Congreso. EUROPA PRESS / CONGRESO

En el 45 aniversario de su Constitución, España está sufriendo una degradación sumamente peligrosa de su democracia, a causa de la desactivación política de los controles y contrapesos de su Estado de Derecho, alumbrado en la Transición de la concordia que tanto molesta a los actuales socios del Gobierno, cuya misión constitucional es impedir que el poder político se ejerza de forma arbitraria o despótica.

La colonización política de sus instituciones democráticas está preparando el camino para una modificación espuria de la Constitución. Un auténtico golpe al Estado de Derecho desde dentro de las instituciones.  La radicalización del presidente del Gobierno, al pactar una amnistía con los independentistas, pretende vaciar la Constitución de su contenido garantista de un Estado social y democrático de derecho, así como de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

La clave de bóveda de dicho proceso antidemocrático se encuentra en la adulteración de las instituciones democráticas y de su función constitucional. Las instituciones adulteradas mantienen su potestas formal, pero pierden su auctoritas imprescindible para ser respetadas en una democracia sana, dando paso a democracias deterioradas. Su piedra angular lo constituye el asalto y dominación del Tribunal Constitucional por el poder ejecutivo, para otorgar impunidad constitucional a las normas que el Gobierno apruebe directamente o mediante su control del poder legislativo. Un Tribunal Constitucional que ha perdido toda su auctoritas y está gravemente deslegitimado por su evidente politización y sumisión al ejecutivo, ayuno de la mínima independencia y credibilidad hasta el punto de que la nación conoce de antemano el resultado de 7 a 4 en todas sus votaciones, siempre favorables a los intereses del Gobierno. Politización que le hace perder su función de garante del respeto a la Constitución, al estar dispuesto a manchar sus togas con el polvo del camino de su servilismo al poder político del ejecutivo. Ni siquiera su propia jurisprudencia o los criterios previamente declarados por sus jueces quedan a salvo de las imperiosas reclamaciones del gobernante que ha nombrado directa o indirectamente a la mayoría de sus jueces, que ya no se molestan siquiera en aparentar una mínima independencia para poder servir a su auténtica función constitucional.

No obstante, la mayor adulteración de nuestras instituciones se produce en el propio Congreso de los Diputados, que se pliega sumisamente a modificar su previa declaración de “palmaria inconstitucionalidad de la amnistía”, tras la sustitución de su letrado mayor por otro elegido ad hoc, proveniente de la estructura gubernamental, para ayudar a su señor con un dictamen de constitucionalidad adulterado. Un poder legislativo que ignora, en acertada opinión de Ignacio Gomá, que la democracia no es el simple poder de la mayoría sino que es el poder de la mayoría cumpliendo la ley, pierde su función democrática de representante de la soberanía nacional al vaciar de contenido al Estado de Derecho y a los propios derechos fundamentales de los ciudadanos.

Se ignora, o se pretende ocultar, el hecho muy relevante de que en la tramitación parlamentaria de la Constitución, la ponencia constitucional decidió expresamente excluir la amnistía del texto constitucional.

 La Constitución no otorga al poder legislativo un poder omnímodo. Por dicha causa, los legisladores no pueden actuar como un poder constituyente al decidir legislar sobre materias como la amnistía para las que el Parlamento, de forma expresa, no fue habilitado constitucionalmente por el legislador constituyente.

El poder legislativo, presionado por un poder ejecutivo que no admite controles y suprime contrapesos, pretende aprobar una amnistía, fundamentándola en la falacia de que si la Constitución no la prohíbe expresamente es que la permite. Pero, todo lo contrario, ocurre que la amnistía fue excluida expresamente de la Constitución y de las facultades de las Cortes Generales. Se ignora, despóticamente, la regla que recordó el profesor Tomás Ramón Fernández: “Para el poder, en todas sus posibles manifestaciones, la regla es que los órganos y las autoridades legislativas, ejecutivas y judiciales sólo pueden hacer aquello que la ley expresamente les permite. Prohibitur quia non permissum”. Pero también se ignora, o se pretende ocultar, el hecho muy relevante de que en la tramitación parlamentaria de la Constitución, la ponencia constitucional decidió expresamente excluir la amnistía del texto constitucional. En su sesión del 3 de noviembre de 1977, tras discutir y rechazar dos enmiendas de UCD y del Grupo Mixto que proponían “atribuir a las Cortes Generales la facultad de acordar amnistías”, se hizo figurar en el acta la siguiente conclusión: “Por lo que se refiere a la materia de la amnistía, se acuerda no constitucionalizar este tema”. Por lo tanto, no cabe ninguna duda del carácter expresamente inconstitucional de la amnistía, por decisión del legislador constituyente. El poder legislativo no puede tener ninguna duda de ello, como hasta ahora mantenía de forma palmaria, con sólo repasar sus propias actas de la ponencia constitucional. Ante una exclusión tan rotunda del legislador constituyente, ni siquiera el Tribunal Constitucional podrá declarar constitucional la amnistía, de conformidad con la voluntad manifiesta del constituyente. De nada servirá el batiburrillo de la exposición de motivos de la ley y su esfuerzo artificioso por aparentar la constitucionalidad de la amnistía. Pudiera ser en otros países, pero no en España.

Dos poderes del Estado pretenden adulterar la Constitución, vaciándola o falsificándola, no por un pretendido interés general como figura en la exposición de motivos de la ley de amnistía sino, simplemente, en el exclusivo beneficio de una persona

Incluso podría suceder que cualquiera de las dos Cámaras rechazara tramitar la ley de amnistía por estar aquella expresamente excluida del texto constitucional, además de suponer una invasión inconstitucional de la exclusiva función jurisdiccional del poder judicial, cuyas sentencias y resoluciones quedarían anuladas por la amnistía.

En definitiva, dos poderes del Estado pretenden adulterar la Constitución, vaciándola o falsificándola, no por un pretendido interés general como figura en la exposición de motivos de la ley de amnistía (“sirviendo de base para la superación del conflicto político”) sino, simplemente, en el exclusivo beneficio de una persona para conseguir su investidura como Presidente del Gobierno y de los golpistas catalanes que exigen impunidad ante la ley para apoyar al Gobierno.

La adulteración se extiende masivamente a varias de las instituciones que constituyen el entramado de controles y contrapesos de un Estado de Derecho, que actualmente están siendo ocupadas y colonizadas por el poder ejecutivo:

- El CGPJ es el campo de batalla por el control político de la Justicia. Se encuentra paralizado y con sus cargos vencidos hace cinco años, a causa de la negativa del Gobierno a modificar la ley que regula el nombramiento de sus miembros para evitar su politización, tal como reclama la UE para proteger el Estado de Derecho. Mientras, el Gobierno ha paralizado el nombramiento de jueces en el Tribunal Supremo, que se encuentra al borde del colapso.

- El Fiscal General del Estado, nombrado por el Gobierno, ha sido declarado no idóneo por el CGPJ (por primera vez en la Historia), y declarado incurso en desviación de poder por el Tribunal Supremo. A su vez, la Fiscalía actúa con plena sumisión al poder político del Gobierno, en contra del criterio del Consejo Fiscal y de la mayoría de fiscales.

- La presidenta del Consejo de Estado ha visto anulado por el Tribunal Supremo su nombramiento por el Gobierno, por incumplir los requisitos legales.

Podemos concluir, a modo de resumen, que el objetivo declarado del poder político es la “desjudicialización de la política”. Es decir, crear un espacio de impunidad para los políticos que en nada se compadece con el principio constitucional de la igualdad de todos ante la ley, contenido en el artículo 9 de la CE. Nuestra situación se empieza a parecer a una autocracia bolivariana.

Pretensiones arbitrarias y despóticas

En este estado de cosas, nuestro Estado de Derecho afrontará en breve su mayor desafío, derivado de la pretensión del Gobierno de adulterar desde dentro del sistema el contenido de nuestra Constitución, con un vaciado inconstitucional de nuestra democracia y de nuestros derechos fundamentales, mediante la aprobación de una ley de amnistía palmariamente inconstitucional tal como se había defendido hasta el presente por todas las instituciones democráticas. Si nos rendimos a las pretensiones arbitrarias y despóticas de Sánchez, podremos llegar a ser un Estado fallido.

Nuestro Estado de Derecho y nuestra democracia sólo se podrán salvar con una resistencia contundente y tenaz de la nación española, que apoye el llamamiento de quienes asuman el papel histórico del alcalde de Móstoles de convocarla a defender su libertad y la igualdad de todos ante la ley, al amparo de la esperada y decisiva intervención de la UE, que no puede permitir el desmantelamiento del Estado de Derecho en un país miembro de tanta importancia como España, si no quiere que se abra la caja de Pandora en la UE.

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  • J
    Juanmanuelito

    En lenguaje lúdico: Pedro Sánchez ha roto la baraja y el juego debería acabarse. No se pueden hacer experimentos con la Nación. Como diría don Eugenio D´Ors: "Los experimentos, con gaseosa, no con champán del caro".