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El Tribunal Supremo rechaza la teoría de las ‘purgas’ y las ‘redacciones paralelas’ en RTVE

El alto tribunal niega que la “extinción de contrato” de una periodista se deba a razones ideológicas. Procedía de Intereconomía y su marcha se produjo a los pocos días del nombramiento de Rosa María Mateo

Torrespaña
Sede de Torrespaña. EFE

El concepto de ‘redacción paralela’ ha sido habitual a lo largo de la historia de Radiotelevisión Española. Hace referencia a la contratación de periodistas afines a una determinada ideología, con el fin de controlar la línea editorial de los telediarios. Los sindicatos de la corporación denunciaron este fenómeno a principios de 2015, tras la designación de José Antonio Álvarez Gundín como jefe de los Servicios Informativos.

Una de las periodistas contratadas en esa época procedía del Grupo Intereconomía y se incorporó a RTVE para realizar la sustitución de Carmen Sastre –actual consejera-, que fue situada como responsable de contenidos de los noticiarios.

Esta periodista disfrutó de un contrato de interinidad hasta que Rosa María Mateo fue nombrada administradora única provisional de RTVE y Begoña Alegría (actual corresponsal en Roma), jefa de los Servicios Informativos. Entonces, esta periodista fue ‘despedida’, al igual que otros de los componentes de la ‘redacción paralela’.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación que presentó, relativo a la forma en la que se produjo la extinción de su contrato, y ha rechazado que se produjera por razones ideológicas.

De hecho, ha lanzado un mensaje contra las voces que afirman que existen enfrentamientos ideológicos en Torrespaña, producidos por quién contrata a cada quién.

Argumentos del Supremo

“La sentencia rechaza que la extinción del contrato de la actora se produjera por razones ideológicas, por el hecho de provenir esta de otro medio de comunicación (Intereconomía) y formar parte de una supuesta "redacción paralela" que apoyara informaciones favorables al gobierno anterior”, expone el alto tribunal en referencia a los argumentos de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), los cuales no cuestiona.

Y añade, también asumiendo la tesis del TSJM: “Es verdad que hubo un conflicto entre una parte de los trabajadores preexistentes y los nuevos contratados, pero de eso no cabe deducir que cada grupo obedezca a dos ideologías contrapuestas, ni menos aún que la actora pertenezca a la redacción paralela, ni que haya sido adscrita a una ideología concreta, así como tampoco que la dirección de la empresa adoptara medidas que constituyan una diferencia de trato de esa supuesta redacción paralela respecto de otros trabajadores de la empresa en situaciones análogas”.

La sentencia también llama a tener en cuenta que el contrato celebrado por la actora se considera válido y que se extinguió por causa legalmente prevista, lo que impide apreciar la discriminación alegada. Por tanto, rechaza el recurso interpuesto por la afectada.

"No resulta acreditado el panorama indiciario alegado por la trabajadora recurrente, al no constar que la denominada "redacción paralela" tuviera una determinada adscripción política o ideológica, o que fuera percibida como tal por la dirección de la empresa entidad demandada, así como tampoco que la trabajadora perteneciera a dicho grupo de trabajadores o que fuera adscrita a alguna ideología política, así como tampoco que la empresa hubiera adoptado medidas en relación con los componentes de esa 'redacción paralela' que supusieran una diferencia de trato respecto de otros trabajadores de la empresa en situaciones análoga", señala el tribunal en su argumentación para tumbar el recurso.

De hecho, cabe mencionar que la demanda ha sido tumbada en todas las instancias: Juzgado de lo Social número 29 de Madrid, Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ahora el Tribunal Supremo.

Cabe recordar que, en verano de 2018, después de la llegada de Rosa María Mateo a la corporación, fueron varios los directivos de informativos que denunciaron haber sido “purgados” por la sucesora de José Antonio Sánchez. En algunos casos –lamentaron- fueron enviados desde el ‘alto mando’ de los telediarios a puestos de redactor base, lo que no había ocurrido nunca en la historia de la corporación.

Algo similar ocurrió con la docena de contratados que se definió como ‘redacción paralela’, que salieron de la empresa a las pocas semanas. Directivos contratados como Álvaro Zancajo recurrieron a los tribunales su destitución.

Esta política con el 'personal directivo' de la anterior etapa motivó un encendido debate parlamentario, dadas las críticas del Partido Popular y de Ciudadanos ante tal actitud de la ex administradora única provisional y su equipo.

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