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Varapalo judicial al alcalde de Santiago por intentar "depurar" y "poner una mordaza" a los medios

El caso Pokemon tiene una llamativa vertiente relacionada con los medios de comunicación. La pasada semana la jueza que instruye el caso, Pilar de Lara, dictó una providencia con la que asestó un varapalo al alcalde de Santiago de Compostela, Ángel Curras (PP). Éste había solicitado a la magistrada que prohibiera a los periodistas publicar informaciones sobre el caso hasta que se abriera el juicio oral. La respuesta judicial, ampliamente recogida en la prensa gallega pero no a nivel nacional, no dejó lugar a dudas: el edil no tiene capacidad para intentar "depurar" y "poner una mordaza" a los informadores y, por ello, su solicitud quedó desestimada.

Más en concreto, el alcalde de Santiago presentó a la jueza una serie de recortes de informaciones periodísticas. Y le solicitó, por medio de sus abogados, que prohibiera publicar noticias similares "a cualesquiera otros que hayan actuado o actúen de la misma manera en el futuro". Pidió que estos informadores se "abstuviesen de volver a difundir o publicar en forma alguna información del contenido de la instrucción hasta la apertura de juicio oral", según recogió Europa Press la pasada semana. 

Pilar de Lara arguyó que las cuestiones de este caso "suscitan el interés de los ciudadanos y despiertan sus ansias de saber"

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo rechazó de plano la petición del regidor compostelano. Además, le recordó que "no es competencia" suya realizar "ninguna labor de depuración de la prensa, escrita o audiovisual". Y agregó que "no puede pretenderse que sea esta juez la que ponga una mordaza a ningún periodista ni medio de comunicación". Incluso, Pilar de Lara dijo ser "consciente" de la "importantísima función que cumplen los medios de comunicación", informó la agencia citada. Según ella, deben "conjugarse el secreto sumarial y los fines de investigación con el derecho y el deber de informar, máxime cuando se trata de cuestiones que, por afectar al bien público, suscitan el interés de los ciudadanos y despiertan sus ansias de saber".

"Un juez no censura"

Como puede verse, la providencia tumbó cualquier pretensión de Ángel Curras. La amgistrada explicó que, al margen de que "cada periodista" dentro de su "responsabilidad y de su mayor o menor profesionalidad" dará una información de "una u otra manera", ello no supone que "un juez o fiscal pueda ni deba entorpecer su labor ni censurar, a priori ni a posteriori las informaciones". Asimismo, la jueza explicó que, sin embargo, pretendía actuar "con total contundencia y rigor" en el caso de que se fuese "más allá" de lo que puede ser la difusión de cuestiones públicas o de la "versión que puedan ofrecer testigos o imputados acostumbrados a dar ruedas de prensa a la salida de las declaraciones" en el caso de que pudiesen vulnerar el secreto sumarial.

Señaló que la labor de los jueces no es actuar "a modo de censor" respecto a los medios

Por último, Pilar de Lara argumentó que "a los jueces les corresponde depurar las responsabilidades penales que se hayan cometido, una vez cometidas, sin que se pueda actuar a modo de censor previo", lo que, por otra parte, significaría "generalizar la comisión de conductas ilícitas a todos los medios de comunicación". Y recordó a Currás que los artículos publicados y sobre los que pide actuar se corresponden con "supuestas manifestaciones efectuadas por los imputados" y con actos que tienen carácter de públicos, por lo que rechazó abrir diligencias.

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