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Varios colaboradores de ‘Sálvame’, condenados a pagar a Lomana 120.000 euros

Belén Esteban, Mila Ximénez y Kiko Matamotros tendrán que indemnizar a Carmen Lomana con 120.000 euros (Gtres).

Después de una batalla judicial de más de cuatro años, se ha dado a conocer este miércoles el fallo judicial en la que la Sala de lo Civil confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, al confimar la existencia de intromisión ilegítima en el honor de la demandante por los graves y reiterados insultos y descalificaciones vertidas en Sálvame y Sálvame Deluxe. 

La socialité interpuso una demanda en el año 2011 contra varios colaboradores del programa Sálvame entre los que se encuentran Belén Esteban, Kiko Matamoros y Mila Ximénez, por lo que consideraba una agresión ilegítima hacia su imagen, intimidad y honor. De este modo, ahora el Supremo impone a pagar a estos tres colaboradores de Sálvame una indemnización de 120.000 euros por daños morales. Mila Ximénez tendrá que pagar 60.000 euros y Belén Esteban y Kiko Matamoros, 30.000 euros cada uno, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Marabilias.

Durante sus intervenciones en tres programas, emitidos en abril de 2011, los colaboradores se refirieron a Carmen Lomana como “sinvergüenza, analfabeta, payasa, imbécil, estafadora, cateta, idiota, auténtico perro, chupas el culo para que te inviten a fiestas, de padres cerdos, hijos marranos, me lo paso por el potorro, buscavidas, tonta del culo, busca camas altas y cerda”.

Aunque los tres demandados presentaron recursos contra la sentencia dictada en Primera Instancia, ahora el Supremo ha reiterado el fallo por considerar que las palabras que dedicaron a la socialité son palabras y expresiones tenidas en el concepto público como puros y simples insultos o expresiones dirigidas a ofender. Añade que, por su entidad y reiteración en un corto espacio de tiempo y la puesta en escena, con gestos soeces y palabras y actitudes provocadoras y desafiantes, pretendían ridiculizar al personaje, con insinuaciones insidiosas, vejatorias y gratuitas que agravian innecesariamente su dignidad o su prestigio.

La sentencia, que reitera su doctrina, indica que "también estos programas, por más habitualmente agresivos que sean y por más tolerados socialmente que estén, tienen reglas y entre estas se encuentran las impuestas por la protección de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución".

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