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España

Los municipios podrán ser llevados al TC si incumplen la ley de estabilidad

La Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como la eliminación de duplicidades, se han convertido en el nuevo catecismo del Gobierno del PP, hasta el punto de que en torno a ellas se esta diseñando la reforma de la Ley de Bases de Régimen Local o, lo que es lo mismo, la gran modificación de la administración local del Estado que aborda en estos momentos el departamento de Antonio Beteta. El rigor con el que el Ejecutivo pretende imponer la disciplina fiscal queda de manifiesto en la nueva redacción que proponen al artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local, en la que se establece que la extralimitación en el cumplimiento de las competencias municipales que afecten a las arcas del ayuntamiento  "podrá dar lugar a la interposición del correspondiente recurso ante el Tribunal Constitucional, por vulneración de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera".

El mismo artículo 25 establece el listado de competencias de los ayuntamientos, del que salen fuera la participación en la gestión de la atención primaria de la salud, así como la  cooperación con la Administración Educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, así como en la intervención en sus órganos de gestión o en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. Esto es, los ayuntamientos dejarán de prestar cualquier servicio que afecte a las dos grandes áreas competenciales de las comunidades autónomas: educación y salud. Establecida la puesta al día de las materias de competencia local (sobre la base del texto propuesto por la FEMP), el apartado 3 del mismo artículo señala que "para evitar duplicidades administrativas, la ley establecerá con precisión el servicio o actividad local, con estricta separación de las competencias estatales y autonómicas".

A continuación indica que el marco competencial debe ir acompañado de una memoria económica "que refleje el impacto sobre los recursos financieros locales, y la legislación (otra vez) de estabilidad presupuestaria y suficiencia financiera", de modo que el incumplimiento de ambos aspectos podía llevar al ente local incumplidor hasta el Constitucional. Incluso, sin necesidad de llegar al alto tribunal, la reforma habilita a la Administración estatal y autonómica a impugnar ante la jurisdicción contencioso-administrativa cualquier acuerdo en el que se apruebe una iniciativa pública que afecte a la disciplina fiscal.

Hacienda ha contado para su propuesta con el trabajo de distintos expertos, alguno de ellos de la órbita del PSOE

Las modificaciones están contenidas en un documento de 29 páginas que la secretaría de Estado de Administraciones Públicas ha entregado al PP, al PSOE y la FEMP, entre otros partidos y organizaciones con los que se desea consensuar esta amplia reforma. En el texto han trabajado distintos catedráticos y expertos en la materia como Benigno Valdés, Ángel de la Fuente, Óscar Romera, Enrique Orduña o Begoña Larraínzar. A alguno de ellos, como el Catedrático de Derecho Administrativo de la  Universidad Carlos III, Luciano Parejo Alfonso, se les considera de la órbita del PSOE. De momento no hay un acuerdo cerrado, aunque el Gobierno aspira a poder llevar la reforma a Consejo de Ministros antes de las vacaciones de verano.

Otros cambios llamativos son el ya conocido reforzamiento del papel de las diputaciones provinciales, destinadas a asumir las competencias de aquellos ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes que no puedan ofrecer una serie de servicios mínimos a sus vecinos. En las comunidades uniprovinciales, caso de Madrid, será la Administración autonómica la que asumirá el ejercicio de las atribuciones prrevistas para las diputaciones. En el caso de servicios facultativos o actividades económicas, el ayuntamiento podrá determinar su supresión y, si se trata de servicios obligatorios, privatizarlos siempre y cuando no realice funciones públicas. También están destinadas a desaparecer las más de 1.000 mancomunidades que hay en nuestro país. En todo caso, la reforma propuesta evita  ir a la supresión o fusión obligatoria de ayuntamientos, a lo que se opone firmemente la FEMP, a pesar de ser el camino por el que han optado países como Grecia.

Hay un capítulo también de suma importancia en el diseño de este modelo que pasa por la evaluación de los servicios públicos que dispensan los ayuntamientos. Éstos quedan obligados a la rendición de cuentas como requisito para que puedan acceder a ayudas o subvenciones públicas. No podrán tampoco suscribir convenios o constituir consorcios sin que esté asegurada la sostenibilidad financiera de la actividad local correspondiente. Además, por Real decreto se establecerán estándares de calidad.

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