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España

Una sentencia declara la nulidad de las vacaciones que coinciden con el estado de alarma y el derecho a posponerlas

Un hombre lee durante el confinamiento por el coronavirus, en Sevilla.

El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla ha dado la razón a una delegada de UGT y ha declarado la nulidad de sus vacaciones coincidiendo con el estado de alarma declarado en marzo y el derecho a disfrutarlas en otro momento.

Según informó UGT este miércoles, el juez titular de dicho juzgado ha resuelto dar la razón a la delegada sindical y declarar nulas sus vacaciones con la posibilidad de disfrutarlas en diciembre. Las vacaciones fueron aprobadas por la empresa, dedicada a las ITV, del 30 de marzo al 5 de abril de 2020 y la trabajadora pidió un aplazamiento. La empresa aplicó desde el 30 de marzo hasta el 9 de abril el permiso retribuido recuperable.

El juez manifiesta que las vacaciones coincidían con el periodo de confinamiento y “al verse afectada la trabajadora por una causa de fuerza mayor que condiciona de modo directo sus vacaciones, se considera por lo expuesto, ha de conservar su derecho a disfrutar las mismas”.

"El confinamiento no son vacaciones"

El Secretario General de UGT-FICA Melilla, Abderramán El Fahsi El Mokhtar, destacó que “contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno”. El sindicato manifestó la satisfacción “mayúscula” por esta sentencia.

El responsable de ITV de UGT-FICA, Rogelio Luis Mena Segura, señaló en un artículo de opinión el mes de abril que “el confinamiento no son vacaciones” y que el disfrute de las vacaciones es un “derecho irrenunciable e indisponible”.

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