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España

El Supremo concluye que el fiscal Stampa fue objeto de una campaña de "noticias falsas"

El fiscal del caso Villarejo Ignacio Stampa

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al periodista Francisco Javier Chavanel Seoane por difundir informaciones "falsas" sobre el fiscal Ignacio Stampa, uno de los acusadores del caso Villarejo en la Audiencia Nacional.

La sentencia, dictada este lunes 21 de septiembre, alude a unas informaciones y opiniones difundidas por el periodista canario de las que se desprendía que Stampa por ejemplo habría obtenido "favores", como por ejemplo "no cobrarle el alquiler del piso, facilitarle un vehículo de alta gama y enchufar a su exesposa en el Ayuntamiento de Arrecife, de una determinada persona contra la que no había dirigido acusación pese a estar implicada en tramas corruptas".

Sin embargo, el Supremo concluye que "las informaciones transmitidas" sobre el fiscal "se han revelado falsas y no existe prueba de que el recurrente hubiera intentado comprobarlas conforme a cánones de diligencia profesional".

"Un supuesto rumor"

La sentencia constata que "el citado periodista se hizo eco de un supuesto rumor" según el cual el bufete en el que trabajaba la pareja del fiscal tenía "un altísimo porcentaje de eficacia en la consecución de la libertad condicional de los investigados en asuntos de inmigración y tráfico de drogas. Lo difundió, sin tratar de constatar la veracidad de estos hechos".

Y por eso, los magistrados destacan que Chavanel "ha propagado simples rumores insidiosos. [...], y cuando se transmite información sí es exigible el requisito de la veracidad, en los términos en que ha sido configurado por el Tribunal Constitucional".

Y este requisito, el de que la información transmitida sea veraz, fue incumplido por el señor Chavanel, dice el Supremo, que concluye: "Se trató, por tanto, de la difusión de rumores e infundios sobre la actuación del demandante como fiscal".

"Grave desprestigio"

Para los magistrados, las informaciones publicadas "suponían un grave desprestigio para el demandante, que cuestionaban su integridad moral y su rectitud profesional, y le atribuían la comisión de hechos ilícitos, cuando no directamente delitos y, por tanto, constituían una intromisión en su derecho al honor. Al no ser veraces, puesto que no consta que el demandado actuara diligentemente para comprobar que sus afirmaciones se correspondían con la realidad, la intromisión en el honor del demandante es ilegítima", concluye la sentencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli.

Precisamente Stampa fue objeto el pasado lunes de un ataque frontal del teniente fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas, quien aseguró haber sentido "asco" tras conocer la supuesta relación de este fiscal con una abogada de Podemos en la acusación del caso Villarejo. Sin embargo, ambos han rechazado la existencia de ningún vínculo personal, y mucho menos que hubiera existido un trato de favor a la formación encabezada por Pablo Iglesias.

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