España

El TC avala la reforma de Sánchez que maniata el CGPJ al imponerse la mayoría progresista

El Pleno Monográfico respalda con los siete votos a favor de los progresista frente a los cuatro de los conservadores la reforma del Gobierno que impide al CGPJ efectuar nombramientos estando en funciones

Magistrados del Tribunal Constitucional en el acto de toma de posesión de los cuatro nuevos miembros
Magistrados del Tribunal Constitucional en el acto de toma de posesión de los cuatro nuevos miembros

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la ley del Gobierno que impide al actual CGPJ efectuar nombramientos por estar en funciones. El Pleno monográfico convocado por el presidente Cándido Conde-Pumpido ha desestimado los recursos del PP y Vox y ha respaldado la ponencia de la magistrada María Luisa Balaguer, al imponerse el criterio del bloque progresista, mayoritario en el órgano desde su renovación a comienzos de año.

No ha habido sorpresas pues, en la votación que se ha zanjado con 7 votos favorables frente a los 4 de los magistrados conservadores, los cuáles ya han anunciado voto particular contra el fallo. Este último sector se opone a dar el visto bueno a la polémica norma al entender que la injerencia en la actuación del CGPJ supone ir contra la Ley, ya que tiene sus competencias reconocidas en la Constitución.

Frente a ellos, la mayoría progresista ha respaldado la tesis de Balaguer, cuya ponencia descarta cualquier vestigio de inconstitucionalidad en la ley que impulsaron los socios de Gobierno PSOE y Podemos. De esta forma se desestiman los recursos que en su día interpusieron ante el TC el Partido Popular (PP) y Vox contra la reforma de la ley de marzo de 2021 que modificaba la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

No hay "fraude de ley"

La sentencia descarta que se haya producido "fraude de ley" cuando uno o más grupos parlamentarios ejercen la iniciativa legislativa que la Constitución les reconoce, en referencia a la propuesta que presentaron el PSOE y Podemos. Además, estima que en ningún caso se ha visto limitada por razón material cuando se trata de regular materias propias de la ley del Poder Judicial.

En relación con la parte del recurso que estima que la limitación de funciones del CGPJ es contraria al artículo 122 de la Constitución, la sentencia del TC sostiene que la Constitución únicamente determina "de forma clara e inequívoca" que la duración del mandato de los vocales es de cinco años. En ese tiempo, insiste el fallo, el CGPJ está en el pleno ejercicio de sus atribuciones.

Un TC fraccionado

Los dos escritos analizados este lunes eran contrapuestos. La magistrada progresista María Luisa Balaguer, encargada de estudiar el recurso Vox, apostó por su inadmisión, mientras que la ponencia del conservador César Tolosa era partidaria a admitir el recurso del PP contra la ley de Sánchez.

Ahora, tras tumbarse la ponencia de Tolosa, Conde-Pumpido ha asignado la redacción de la misma a Balaguer. Precisamente la magistrada apeló en su ponencia a la nula referencia en la Constitución de la actividad del CGPJ estando el funciones y al hecho de que sus facultades se pueden controlar en situaciones anómalas como la que se vive en estos momentos, cuando se van a cumplir cinco años del bloqueo del órgano.

Fuentes internas del tribunal de garantías consultadas por este medio ya vaticinaban hace unos días que el TC que ahora preside Cándido Conde-Pumpido impondría su mayoría progresista para avalar una de las leyes más polémicas del Ejecutivo de Pedro Sánchez. El Gobierno impulsó esta norma en 2021 tras el fracaso de las negociaciones con el Partido Popular para renovar un CGPJ que lleva en funciones desde diciembre de 2018.

Al respecto los magistrados que anuncian voto particular (Concepción Espejel, César Tolosa, Ricardo Enríquez y Enrique Arnaldo) expresarán en su voto particular que sí se tenía que haber estimado los recursos de PP y Vox porque la ley vulnera la Carta Magna en cuanto a la regulación de actuación del CGPJ y del principio de poderes.

Colapso en la cúpula judicial

La consecuencia directa de la entrada en vigor de la ley fue la paralización de los nombramientos que venía aprobando el órgano por ley. A pesar de quedarse en funciones, el CGPJ -de mayoría conservadora- siguió nombrando las vacantes para la cúpula del Poder Judicial, aunque los vocales acordaron hacerlo por un amplio consenso.

Los intentos fallidos del PP y PSOE para renovar el órgano y la negativa de los primeros a pactar una renovación llevó al Gobierno a aprobar la ley, la cual frenó las renovaciones pendientes provocando un colapso sin precedentes en la Justicia. A día de hoy, la imposibilidad que tienen los vocales que siguen en su cargo de cubrir las vacantes que se quedan por deceso o jubilación está provocando situaciones insólitas en los tribunales superiores de Justicia y las audiencias provinciales.

Con todo, el Tribunal Supremo es el peor parado. Por el momento hay 23 vacantes por nombrar. A día de hoy todas las Salas acusan bajas aunque destaca la Tercera, de lo Contencioso-Administrativo- con un total de 11 plazas por cubrir. Entre los sillones vacíos se encuentran el del presidente (ya que tras la salida de Carlos Lesmes ejerce en funciones Francisco Marín Castán) y la del vicepresidente, cargo que ejercía Ángel Juanes hasta su jubilación.

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