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España

El Supremo admite un recurso de la patronal del juego 'online' por limitar la publicidad

El ministro de Consumo, Alberto Garzón.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Española de Juego Digital (Jdigital) contra el real decreto de Comunicaciones Comerciales de las actividades del juego, que limita la publicidad del juego y las apuestas 'online', según publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Tras conocerse la admisión a trámite del recurso, Jdigital ha explicado que lo ha promovido "desde la convicción que su desproporcionalidad va a suponer la indefensión y desprotección de los consumidores de esta actividad".

"Reiteramos que la publicidad del juego 'online' en España es, y ha sido desde siempre, la herramienta principal prevista en la Ley de Regulación del Juego para canalizar la legítima demanda de juego 'online' que existe en nuestro país a una oferta legal y controlada por las autoridades públicas y, en consecuencia, segura y responsable", ha manifestado.

En este sentido, ha insistido en que comparte la conveniencia de establecer "un marco reglamentario de la actividad publicitaria de los operadores legalmente habilitados para ofrecer sus servicios" en España, pero ha añadido que dicho marco debe ser "eficaz y proporcionado, de tal forma que no se debilite el mercado legal y, por tanto, la capacidad supervisora de la Dirección General de Ordenación del Juego".

Una norma "desproporcionada"

"La norma, recientemente aprobada a instancia del Ministerio de Consumo, es incoherente con la realidad del sector de juego online en España, claramente desproporcionada", ha criticado Jdigital.

Ha argumentado que "no solo no resultará eficaz para resolver los problemas que los partidos del Gobierno de coalición vienen denunciando, sin datos, desde hace años", sino que "los agravará, contribuyendo a un crecimiento del mercado ilegal no sujeto a supervisión".

El Ejecutivo dio luz verde el pasado noviembre al Real Decreto, cuyo incumplimiento contempla multas de hasta un millón de euros y la suspensión de la actividad empresarial. La norma desarrolla los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego y prohíbe con ella la publicidad audiovisual fuera del horario de 1.00 a 5.00 horas. Además, el nuevo texto ajusta el contenido de los mensajes publicitarios e impide a los operadores la emisión de bonos de captación de jugadores, entre otras medidas.

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