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España

El Supremo ilegaliza las campañas institucionales de boicot a Israel

La sentencia del Supremo recuerda que la financiación a grupos que propugnan esta discriminación antisemita es incompatible con el estado de derecho

Tribuna Supremo
Fachada del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha condenado este jueves las adhesiones financiadas con dinero público a la discriminatoria campaña de boicot a Israel. La sentencia crea jurisprudencia, por lo que la campaña de acoso antisemita del BDS y sus iniciativas para crear espacios “ELAI” donde se discriminaba a israelíes y judíos en España ha sido ilegalizada. El movimiento BDS es un grupo trabaja "para terminar con el apoyo internacional a la opresión de los palestinos por parte de Israel y presionar a Israel para que cumpla con el derecho internacional", algo que el Tribunal Supremo ha estimado como una lesión de derechos fundamentales y discriminación, recalcando que las regulaciones de este movimiento es susceptible de control por la regulación contencioso administrativa.

La sentencia del Supremo recuerda que la financiación a grupos que propugnan esta discriminación antisemita es incompatible con el estado de derecho. Todos estos grupos del entorno de la izquierda y el separatismo se han beneficiado durante años de millonarias subvenciones para promover su odio.

La Asociación Interpueblos interpuso recurso en el Tribunal Supremo contra la sentencia 209/2020, de 19 de junio de 2020 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que estimó el recurso de apelación núm. 37/2020, interpuesto por la Asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio, contra la sentencia de 28 de noviembre de 2019 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 3 de Santander en el procedimiento abreviado 4/2019.

Finalmente, el Tribunal Supremo, en una definitiva sentencia que fija como doctrina casacional, empuja a la marginalidad a las campañas de boicot a Israel, situándolas fuera de la legalidad.

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