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España

Las 'meteduras de pata' del juez Serrano Arnal ralentizan la investigación del caso Rato

Rodrigo Rato, ex vicepresidente del Gobierno.

Dos de los múltiples frentes judiciales que tiene abiertos el ex vicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato en los juzgados de Plaza de Castilla (Madrid) han quedado paralizados por los errores procesales cometidos por el titular del Juzgado de Instrucción Número 31 de Madrid, el juez Antonio Serrano Arnal.

El pasado 10 de octubre la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid anuló la decisión del juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid de abrir pieza separada relativa a Bureau Consulting Conferenciantes y, el pasado viernes, este mismo tribunal ha anulado también la investigación abierta en relación con la contratación del ex cuñado de Rato, Santiago Alarcó, por parte de Bankia.

La primera de estas investigaciones se centra en determinar si el ex vicepresidente económico de Aznar cometió fraude fiscal cuando ocultó presuntamente a Hacienda los más de 1,6 millones de euros que ganó impartiendo conferencias desde su salida del Fondo Monetario Internacional. La segunda se centra en averiguar si Rato cometió delito alguno cuando colocó en 2011 a su ex cuñado como asesor en Bankia, entidad que él presidía y donde Alarcó ganó 840.000 euros por su colaboración durante tres años.

La razón de ambas anulaciones es la misma. El magistrado Antonio Serrano Arnal decidió abrir ambas piezas separadas mediante providencia en vez de hacerlo a través de un auto. Aunque se trata de una cuestión formal es de suma importancia ya que mientras que las providencias son resoluciones que no deben motivarse los autos sí y, para abrir una investigación independiente sobre determinados hechos que afecta al ex presidente de Bankia, el instructor de Plaza de Castilla debería haber motivado su decisión.

Los reproches al juez

En concreto, la Audiencia de Madrid ha reprochado al juez Serrano Arnal que no concretara cuando decidió abrir dichas piezas separadas los indicios o hechos con apariencia delictiva ni tampoco su conexión con los delitos investigados en el procedimiento principal que afecta a Rodrigo Rato y a su patrimonio en el extranjero.

Sin embargo, el gran perjuicio causado por las 'meteduras de pata' magistrado es que la Audiencia obliga a retrotraer las actuaciones al momento en que se dictaron las providencias anuladas. Es decir, al inicio de sendas investigaciones por lo que todas las diligencias practicadas hasta el momento en las piezas de Bureau Consulting Conferenciantes y de Santiago Alarcó no han valido para nada. Habrá que repetirlas.

En resumen, si bien dichas nulidades no conllevan el efecto de revocación –puesto que la Audiencia de Madrid no archiva estos procedimientos judiciales-,  el titular del Juzgado de Instrucción está obligado ahora a retrotaer las actuaciones practicadas en la causa al momento en que se produjo la infracción.  Así las cosas, Rato y el resto de imputados ganan tiempo.

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