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España

Los paseos permitidos con niños: una hora, a un kilómetro y sin entrar en los parques

Una niña acompaña a su madre a hacer la compra durante el estado de alarma.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este sábado la orden ministerial por la que el Gobierno autoriza a los menores de 14 años a pasear acompañados de un adulto a partir de este lunes. El Ejecutivo limita a un paseo diario de una hora entre las nueve de la mañana y las nueve de la noche a un kilómetro de distancia del domicilio del menor como máximo. No se permite que salgan aquellos menores que estén diagnosticados de coronavirus o en cuarentena por posible contagio.

En todo momento deberán estar acompañados de un adulto, que podrá salir con un máximo de tres niños. Este adulto es, según señala el BOE, el responsable de que los menores cumplan con las medidas de seguridad y de que guarden la distancia mínima de dos metros respecto a otras personas. Asimismo, se permite que sea otra persona que conviva con ellos quien mediante una autorización de los padres, salga a pasear con los niños. 

Respecto a las restricciones espaciales, los adultos con menores podrán circular por cualquier vía pública, incluidos espacios naturales y zonas verdes, aunque no podrán acceder a zonas de juego infantiles como parques o instalaciones deportivas. Al margen de los paseos, los menores de 14 años podrán acompañar a un adulto en las salidas para las actividades ya permitidas en el estado de alarma, como ir al supermercado o a hacer gestiones bancarias.

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