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España

El Ministerio de Narbona, condenado a indemnizar a una desaladora por daño patrimonial

Cristina Narbona, exministra de medioambiente (i)

Corría 2005 y el Ministerio de Medio Ambiente, entonces a cargo de Cristina Narbona, adjudicó el contrato de concesión de la desaladora de Ibiza a la Unión Temporal de Empresas (UTE) Idam Santa Eulària. La obra se finalizó en 2011, pero nunca se explotó de facto entre diciembre de ese año y noviembre de 2014. La UTE remitió las facturas al despacho de Narbona, que las envió a la comunidad autónoma, pero al final nadie pagó. Ahora, la Audiencia Nacional condena al Estado a abonar medio millón de euros más por el beneficio esperado durante período de explotación otorgado (15 años).

"En definitiva debe estimarse parcialmente la demanda en este extremo, reconociendo a la recurrente el derecho a percibir en concepto de lucro cesante, la cantidad de 555.261,41 euros sin IVA". El tribunal considera que este cálculo -de un técnico de la dirección general del Agua- resulta "mas adecuado, razonado y ponderado" que los 3,6 millones que reclamaba la UTE por lucro cesante.

La decisión de los magistrados responde al recurso contencioso-administrativo interpuesto por Idam Santa Eulària contra la resolución del Ministerio de 29 de diciembre de 2015. En este sentido, contrae y anula dicha resolución "exclusivamente en el particular relativo a la cantidad debida en concepto de lucro cesante que debe abonarse".

El tribunal reconoce a la UTE el derecho a percibir en concepto de lucro cesante la cantidad de 555.261,41 euros sin IVA

Incumplimiento de obligaciones

La reclamación original data de 2013, cuando la UTE solicitó la resolución del contrato de concesión. Idam Santa Eulària basó su reclamo en el incumplimiento de las obligaciones asumidas por el Ministerio y reclamó el pago de 41 millones de euros "en concepto de inversión no amortizada, facturas impagadas, lucro cesante e intereses de demora".

En 2015 el Ministerio, entonces a cargo de Isabel García Tejerina, resolvió el contrato con el pago de 26,1 millones de euros. Lo hizo bajo el amparo de un informe favorable del Consejo de Estado en el que se denegaba el abono del lucro cesante. Desde el Consejo consideraban que no había quedado acreditado que la UTE hubiera sufrido daños y perjuicios reales. 

Edificio de la Audiencia Nacional, en Madrid.

La conclusión del Consejo Consultivo de Obras Públicas fue otra. Señaló que Idam Santa Eulària tenía "expectativas que desaparecieron por causas ajenas a su actuación", por lo que estimaba necesario que se reconociera y abonara una cantidad en concepto de lucro cesante. 

En su sentencia, la Audiencia Nacional señala a la Administración como responsable de que la desaladora no se pusiera en marcha una vez culminadas las obras y recuerda que no se pagaron las facturas correspondientes al período entre diciembre 2011 y noviembre 2014. 

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