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España

Los militares también podrán ingresar en la Guardia Civil con lentes intraoculares

El Tribunal Supremo reconoce en una sentencia el derecho de los militares aspirantes que portan lentes intraoculares a ingresar en la Guardia Civil

Acto central de la festividad de la patrona de la Guardia Civil en Huesca (Aragón)
El ministro del Interior en funciones, Fernando Grande-Marlaska EP

El Tribunal Supremo abre el derecho de las personas que portan lentes intraoculares a ingresar en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El órgano judicial ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que excluía a los militares aspirantes a entrar en la Guardia Civil por hacer uso de este tipo de implantes ya que se vulnera el "principio de proporcionalidad".

Y es que son cientos los aspirantes a la Guardia Civil que usan las lentes intraoculares para corregir sus defectos visuales de enfoque, tales como miopía, hipermetropía y astigmatismo. Entre estas personas también hay militares que quieren entrar al Cuerpo gracias a las plazas reservadas para ello.

Excluidos los aspirantes de lentes fáquicas

Sin embargo, la Orden PCI 155/2019, que data del 19 de febrero, que aprobaba las normas por las que han de regirse los procesos de selección para ingreso en los centros docentes de formación para incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, establecía una exclusión total para los aspirantes que tuvieran implantadas lentes fáquicas.

Esta medida provocó que cientos de personas que superaron las oposiciones fueran excluidos en la prueba de reconocimiento médico sin mayores explicaciones. Un centenar de ellos interpusieron un recurso contencioso administrativo contra estas exclusiones, según explica a Vozpópuli el abogado especialista en derecho de la Guardia Civil Antonio Suárez-Valdés, que les representa.

No es congruente que puedan ser destinados a Afganistán

El mismo fue inicialmente desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), motivo por el cual este letrado interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Este órgano dio la razón a los aspirantes en una sentencia de la Sección Cuarta del pasado 21 de diciembre a la que ha tenido acceso Vozpópuli.

Reconocen el derecho del aspirante a su ingreso en la Guardia Civil argumentando que la aplicación de la norma vulnera el principio de proporcionalidad, por cuanto "quienes pretendan acceder a las pruebas selectivas reservadas en la Guardia Civil a los militares profesionales como regla general no pueden quedar excluidos por el hecho de usar lentes intraoculares si no les ha supuesto una valoración negativa de su aptitud psicofísica actual".

Afecta a cientos de opositores a Guardia Civil y Policía Nacional

"No resulta congruente que el recurrente, en su condición de militar, incluso destinado en Afganistán, sea idóneo para el ejercicio de tal actividad llevando años las lentes fáquicas implantadas, superando las revisiones oportunas efectuadas en el seno de las Fuerzas Armadas, y que sea inidóneo con carácter general para la promoción externa en el cupo de pruebas selectivas reservado en la Guardia Civil a los militares profesionales".

El abogado Suárez-Valdés ha valorado que esta sentencia pone coto "a la aplicación arbitraria que de la norma venía desarrollando el Ministerio del Interior en los últimos 3 años y que los fundamentos de su sentencia afectan a cientos de aspirantes a Guardia Civil y Policía Nacional".

No es un problema nuevo

Este tipo de implantes oculares están suponiendo un auténtico quebradero de cabeza para las oposiciones a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado. Una treintena de aspirante a la Policía Nacional recurrieron el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en el Cuerpo. Más de un año después consiguieron que el Tribunal Supremo anule esta convocatoria en la que se excluyó a los opositores por tener lentes intaoculares fáquicas.

Según el auto, emitido el 15 de noviembre de este año, la Dirección General incumplió la cautelar que estableció el propio tribunal en septiembre de 2021, cuando suspendió que se excluya a los aspirantes a ingresar en la Policía por tener lentes intraoculares fáquicas.

Así, la Sala de lo Contencioso-Administrativo dictó un auto que declara nulo la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, por la que se convocó oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía. Posteriormente, el 30 de noviembre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó una corrección de errores en la que se reconocía que habían incurrido. Finalmente, el Tribunal Supremo retiró la anulación y volvieron a activarse las 2.456 plazas de oposición libre a la Escala Básica de Policía Nacional.

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