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España

De la Torre, mano derecha de Blesa, pide que se archive su causa porque sólo era 'un empleado'

El exsecretario del consejo de aministración de Caja Madrid, Enrique de la Torre (d), acompañado de su abogado, a su llegada a la Audiencia Nacional

No hubo apropiación indebida e, incluso aunque la hubiera habido, Enrique de la Torre no sería responsable porque era un simple director, y por tanto nada más que un empleado sin poder ejecutivo. Éste es el eje argumental de los 16 folios del escrito de la defensa del que fuera secretario del Consejo de Administración de Caja Madrid, y encargado de entregar y gestionar las tarjetas a las decenas de los consejeros y administradores privilegiados de Blesa.

Falta poco para que el juez Fernando Andreu cierre la instrucción de la causa, y las defensas queman sus últimos cartuchos. En la argumentación, a la que ha tenido acceso este diario, de la Torre incide en la distinción entre administradores, como Blesa, y directivos, como él. Mientras que los primeros, afirma, tomaban decisiones sobre la creación y reparto del sistema de emolumentos, los directivos se limitaban a aplicar la necesaria obediencia debida y ejecutar el sistema. Ni lo crearon, ni decidían quién tenía qué límite. La presunta compra de voluntades con la asignación de límites de gasto más altos a los más fieles, argumento principal de la acusación, la decidía el presidente, es decir, su ex jefe Miguel Blesa.

4.000 euros en una joyería

El propio De la Torre era uno de los poseedores de uno de estos plásticos, y gastó 320.000 euros, libres de impuestos: la mayor parte lo sacaba directamente del banco, como una disposición en ventanilla de 12.000 euros; también gastaba sin justificante más de 11.000 euros en un día en el Corte Inglés, o 4.000 euros en una joyería. A este respecto el escrito dedica poco espacio: tan sólo unas líneas para insistir en que “lo que recibió de Caja Madrid […]  fue en concepto de salario y, por tanto, en plena propiedad”, y por tanto no aplica la legislación sobre apropiación indebida.

La presunta compra de voluntades con la asignación de límites de gasto más altos a los más fieles la habría decidido el presidente Miguel Blesa.

El caso de las tarjetas opacas surgió tras la filtración de los correos del ex presidente Miguel Blesa por el grupo ciudadano de activismo 15MPaRato. El juez Fernando Andreu, que instruye la causa desde la salida a bolsa de Bankia, decidió separarlo en una pieza aparte. A finales de enero de 2015, imputó a 78 exconsejeros y ex directivos de Caja Madrid por presuntos delitos de administración desleal o apropiación indebida, entre ellos los expresidentes de Caja Madrid Miguel Blesa y Rodrigo Rato y el exdirector financiero de la entidad Ildefonso Sánchez Barcoj.

En mayo, archivó la causa por estos delitos contra 11 ex directivos, entre los que se encontraba De la Torre, porque consideraba que, como empleados por cuenta ajena de la entidad, no puede atribuírseles un delito de administración desleal, al contrario que a los ex miembros del Consejo de Administración y del Comité de Control de la entidad, que aprobaron la concesión de las tarjetas presuntamente opacas al fisco. Sin embargo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional tumbó esta decisión y reprochó al juez su “precipitación”, al mismo tiempo que pedía que se continuara la investigación contra estas personas.

El escrito de defensa, en línea con Andreu, acusa a los jueces de la Audiencia Nacional de “caer en el error” de confundir la figura de un directivo (empleado contratado por la Caja) con el de un administrador (consejero o miembro de los órganos de administración o gobierno de la Caja)”. Por ello piden el “sobreseimiento y archivo parcial” de la causa contra De la Torre por confundirle “indebidamente a un administrador”.

El sistema de remuneración de los directivos, obra de Blesa

De la Torre utiliza varias de las Actas del Consejo de Administración para probar que era Blesa, el presidente ejecutivo, el que “podía distribuir a su libre criterio” las cuantías de las tarjetas, a partir de una “masa salarial global” aprobada por el Consejo.

Las actas de las reuniones están entre el último lote de pruebas solicitado por Andreu a la entidad. Pero, según reconoce la propia Fundación Caja Madrid que las ha enviado, están realizadas en base a “búsquedas ciegas” por palabras clave, y su integridad no se ha comprobado. Aun así, alega la defensa, se puede probar con ellas que el sistema de pagos no era más que “una actuación ordinaria y consolidada de fidelización de equipos directivos, y completamente legal”.

¿Por qué no podían los directivos gastar a su albedrío, si eran parte de su salario?

“Podrá debatirse si esta decisión era o no la más adecuada, pero está claro que no podrá argumentarse que los pagos a directivos se hicieron al margen de Caja Madrid o de sus órganos de gestión”, concluye. “Aparte de haber sido adoptado por los órganos competentes y legalmente habilitados por la Caja para ello, el acuerdo de entregar a los directivos complementos retributivos no vulneró la Ley […] El Auto de la Sala de 3 de julio de 2015 admite que los acuerdos para entregar estas remuneraciones variables a los directivos no vulneraban la Ley, pero añade que ‘ello no les permitía sin más hacer uso indiscriminado de tales tarjetas’. ¿Y por qué no, si era parte de su salario?”.

Además de la posible administración desleal, hay serias dudas sobre la consistencia fiscal de las tarjetas y la posibilidad de un fraude a Hacienda. Según las acusaciones, estos pagos se ocultaban contablemente y, por tanto, también a Hacienda, además de que no se incorporaban a las nóminas de los directivos. La defensa alega que la Agencia Tributaria tenía acceso a la cuenta a la que se cargaban esos gastos, la 6691.10, y que por tanto podría haberla inspeccionado si hubiera querido.

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