Unidas Podemos ha conseguido que cientos de agresores sexuales vean reducidas sus penas. Mientras se van vaciando las cárceles para estos delincuentes, el Gobierno 'prepara las celdas' para otros malhechores. Aquellos que se atrevan a matar al ratón que se les ha colado en casa, que pisen un lagarto sin querer al caminar por la calle o que atropellen de manera fortuita al gato que cruza la carretera. Enemigos públicos para el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos. La modificación del código penal planteada por el equipo de Ione Belarra y apoyada por el PSOE conduce a disparates en su aplicación advertidos en su día por el Consejo General del Poder Judicial. Matar a escobazos a un ratón que se cuele en casa puede conllevar una pena de hasta 18 meses de cárcel.
La modificación del código penal aprobada en el Congreso de los Diputados impone la "pena de prisión de seis a dieciocho meses, o multa de dieciocho a veinticuatro meses" para aquel que cause la muerte de un animal vertebrado no doméstico. En la categoría de animal vertebrado entra todo aquel que posee un esqueleto con columna vertebral y cráneo, por tanto se pena de la misma manera matar a un pez, un ratón, un perro o una lagartija. Matar a una serpiente que se cuele en el jardín también implicaría una pena de prisión de entre seis y dieciocho meses, según esta norma.
Fuentes parlamentarias explican que todo queda bajo la interpretación del juez, "pero es un grave error dejar el Código Penal tan abierto". La diputada popular, Milagros Marcos Ortega, ya advirtió en el pleno del Congreso de los efectos nocivos de esta modificación del Código Penal. "Lo tienen por escrito: esta reforma hará que quede más castigada la agresión a un animal que a una mujer o a una persona con discapacidad. Hará que un paisano de pueblo vaya a la cárcel por matar a una rata. Hará que le denuncien por abandonar a su perro, si pasea solo por el pueblo, como lo ha hecho toda la vida. Y mientras tanto, rebajan los controles sobre los perros peligrosos".
El parlamentario de Vox, Ángel López Maraver, se ha sumado en el pleno a las advertencias de lo que una ley mal redactada y planteada podría tener como consecuencia: "Pretenden aprobar una ley y modificar el Código Penal para meter en la cárcel a quien críe pollos en su corral y se los coma, a quien tenga ratas en su casa y las extermine o al que atropelle un pájaro o cualquier otro animal salvaje. Son los mismos que han aprobado otra ley para liberar de la cárcel a quien viola a una mujer, a quien practica sexo con un niño y le destroza su inocencia y, peor aún, su existencia y a quién se reúne en manada y arranca para siempre la dignidad de una persona como una auténtica fiera. Van a dar el mismo espectáculo sí es sí".
Lesiones al ratón: 3 a 12 meses de prisión
La modificación de Belarra también implica que si golpeamos a un ratón o una rata que entra en casa y no lo matamos pero le provocamos lesiones que requieran atención veterinaria, podríamos enfrentarnos a una pena de entre 3 y 12 meses de prisión si somos denunciados.
Esto aplica a cualquier animal vertebrado. En vez de prisión, puede aplicarse una multa de tres a seis meses. Uno de los agravantes es "ejecutar el hecho con ensañamiento", por lo que si en lugar de un escobazo, se dan dos, las penas podrían ser superiores.
Multas para daños sin lesiones
La Ley animalista de Belarra prevé también la aplicación de multas para cuando se maltrate "gravemente al animal sin causarle lesiones". Esto genera un problema de interpretación y de aplicación. ¿Cómo se puede maltratar gravemente a un animal sin causarle lesiones? Este problema fue advertido por el diputado de Ciudadanos, Guillermo Díaz, en el Congreso: "Se abre una vía peligrosa en materia de presunciones cuando se penaliza el maltrato sin lesiones. Esto es muy peligroso para la seguridad jurídica que precisa el Código Penal".
Por el maltrato sin lesiones se impondrá "una pena de multa de uno a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días". El presidente de la Real Federación Española de Caza, Manuel Gallardo, asevera en declaraciones a este periódico que alguien podría ser denunciado atendiendo a este supuesto por "hablar mal al perro o tirar de la correa bruscamente".
Gallardo ya avisó en el mismo Congreso de los Diputados de los múltiples problemas que generaría la ley. Desde aquella intervención, la norma se ha suavizado, pero sigue conteniendo incoherencias y sinsentidos que recuerdan a la fallida Ley del solo sí es sí, en la que los ministros de Podemos también hicieron caso omiso de las advertencias de los expertos.
¿Prohibido matar un pollo para comer?
Otro de los múltiples problemas que generaría la actual norma, que tiene todavía que ser ratificada en el Senado, es su aplicación en atropellos de animales. "Si atropellas a un animal en la carretera habrá que ver si es un accidente o es provocado. Si atropellas a una persona se abre una investigación. En estos casos, estaríamos en las mismas circunstancias. Si atropellas a un erizo, habría que llamar al 112 y que se levante un atestado", explica Gallardo.
Todas estas hipótesis podrían ser una realidad si la modificación del Código Penal planteada por Belarra es aprobada en el Senado. La modificación se está tramitando en paralelo a la Ley de Bienestar Animal, que presenta también grandes incógnitas.
Por ejemplo, la Ley considera que los animales de compañía son aquellos que no tienen como destino el consumo humano. Sin embargo, se impone una sanción muy grave "el uso de animales de compañía para consumo humano". ¿Es un pollo un animal de compañía? Y si alguien se come a su gato o perro, ¿no puede alegar, precisamente, que no eran animales de compañía y que su tenencia tenía como objetivo dicho consumo? Son aspectos que quedan a la libre interpretación de cada juez.
El aviso del CGPJ
El Ministerio de Derechos Sociales ha hecho caso omiso de la advertencia del Consejo General del Poder Judicial sobre la desproporcionalidad de las penas planteadas en la propuesta de Belarra. En un informe, el CGPJ señala que "puede quedar afectado el principio de proporcionalidad", ya que "la pena prevista para el maltrato animal cuando concurra la circunstancia agravante de haber cometido los hechos para causar daño a quien sea o haya sido cónyuge del autor, es superior a la que está actualmente fijada para el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento médico o quirúrgico o el de maltrato de obra en el ámbito de violencia sobre la mujer".
Pese a tales dislates, el proyecto de Ley sigue su camino hacia la tramitación final, la aprobación de la norma en el Senado.