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Elecciones generales: ¿Cuál es mi mesa electoral y qué documentación necesito para votar?

¿Cuál es mi mesa electoral y qué documentación necesito para votar en las elecciones generales?

El domingo 10 de noviembre España vuelve a tener unas elecciones generales, apenas seis meses después de las últimas, que se celebraron el 28 de abril.

¿Cómo sé cuál es mi mesa electoral?

Todos los ciudadanos españoles mayores de 18 años tienen derecho a voto. Todos aquellos inscritos en el censo electoral han debido recibir una carta informativa en las últimas dos semanas en donde se indica el colegio electoral al que deben acudir y la mesa electoral que les corresponde.

En caso de no haber recibido la comunicación en el domicilio en el que apareces en el censo, existen varias herramientas a través de internet para saber a qué colegio electoral te tienes que dirigir y en qué mesa electoral debes votar:

  • A través del INE, los electores pueden consultar los datos de su inscripción en el censo electoral y comprobar que son correctos. Para poder realizar dicha consulta, es necesario tener un certificado electrónico. En caso de no tenerlo,puedes consultar los datos del censo en tu Ayuntamiento o en el teléfono 901 101 900.
  • Sin certificado, adicionalmente también se pueden consultar las mesas y locales electorales por diferentes criterios de búsqueda, siempre que se aporten los datos de provincia, municipio e inicial del primer apellido.

Cómo saber en qué mesa electoral votar

¿Qué documentación necesito para poder votar?

En las elecciones generales, se acepta el DNI, Pasaporte en vigor o carnet de conducir como documentos para poder ejercer el derecho al voto. No importa que estén caducados, pero sí es necesario que el documento sea el original. No están aceptadas las fotocopias.

Si trabajo, ¿cuánto tiempo tengo para poder votar?

En el caso de que el domingo tengas que acudir a tu puesto de trabajo, recuerda que tienes un amplio horario en el que los colegios electorales están abiertos. Aún así, en caso de que toda tu jornada se desarrolle durante el horario de apertura de los colegios electorales, por ley, tienes hasta cuatro horas libres para poder ejercer el derecho al voto. Si necesitas un justificante, en la propia mesa electoral te lo darán para que conste el horario en el que acudiste a las urnas.

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