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Madrid

Citan a declarar a los seis policías que derribaron la puerta de un piso durante el estado de alarma

Los agentes irrumpieron en una vivienda donde se celebraba una fiesta ilegal, algo que ha sido considerado por el juez como "un exceso en el ejercicio de la autoridad"

Un coche de la Policía Nacional.
Un coche de la Policía Nacional.

Los seis policías que irrumpieron a la fuerza en un domicilio de la madrileña calle Lagasca, han sido citados por el titular del Juzgado de Instrucción 28 de Madrid, Jaime Serret. Los agentes están acusados por allanamiento de morada y daños a la vivienda.

El pasado junio, la Audiencia Provincial de Madrid ordenó investigar a estos agentes de la Policía Nacional que el pasado 21 de marzo echaron con un ariete abajo la puerta de un domicilio en el barrio de Salamanca, después de que los vecinos avisaran del ruido que había en dicha vivienda por una posible fiesta ilegal.

Los agentes acudieron al inmueble de la calle Lagasca comprobando que se escuchaba música a un volumen excesivo, constantes gritos provenientes de un grupo muy numeroso de jóvenes. Finalmente, derribaron la puerta con un ariete y accedieron a la vivienda. Nueve de las personas que participaban en la fiesta fueron detenidas, acusadas de un delito de desobediencia grave a la autoridad.

Uso excesivo de la autoridad

Tras recibir el atestado policial, el juez de Instrucción número 4 de Madrid abrió diligencias para investigar a los jóvenes, lo que fue recurrido ante la Audiencia de Madrid por su abogado, el letrado penalista Juanjo Ospina.

Los magistrados de la Sección 23 ordenaron entonces inadmitir a trámite la denuncia presentada por la Policía al entender que se trata de una desobediencia leve, no tipificada como delito.

Tras estimar el recurso presentado por los inquilinos del inmueble, se ordena al juez que, además de no admitir a trámite la denuncia, deduzca testimonio por si los agentes de la Policía Nacional hubieran incurrido en infracción penal por la entrada no consentida en ese domicilio, la madrugada del 21 de marzo de 2021.

El juzgado entiende que se trata de "un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio".

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