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El borrador de la Ley Trans prevé el cambio de sexo sin presentar pruebas médicas o psicológicas

El documento que prepara el Ministerio de Igualdad indica que la única condición para modificar los datos del Registro Civil será "la declaración expresa de la persona"

El borrador de la Ley Trans prevé el cambio de sexo sin presentar pruebas médicas o psicológicas

El borrador de la Ley Trans que prepara el Ministerio de Igualdad, dirigido por Irene Montero, prevé que se puedan modificar datos Registro Civil, como el nombre y el género, sin necesidad de presentar pruebas médicas o psicológicas, según informa este martes elDiario.

El documento está en plena fase de negociación con la vicepresidencia primera del Gobierno. El texto, que podría ser modificado todavía, incluye la reivindicación del colectivo transexual de que no sea necesario someterse a pruebas médicas ni exámenes psicológicos para cambiar los datos del Registro Civil

"El ejercicio de este derecho en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno, ni la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a hacer uso de tales medios", recoge el texto de la nueva ley al que ha tenido acceso elDiario

Menores de edad incluidos

La legislación vigente recoge que si una persona quiere modificar su nombre y género es necesario presentar algunos exámenes psicológicos y pruebas médicas en las que se le diagnostique "disforia de género", además de haber estado dos años hormonándose. Parte del colectivo transexual considera que estos requisitos "patologizan" su condición al considerar la transexualidad como una enfermedad. 

La norma prevé incluir a los menores de edad y establece que las personas entre 12 y 16 años puedan efectuar la solicitud "a través de sus representantes legales o por sí mismas con su consentimiento". Desde los 16 años tendrán autonomía para decidir y para los menores de 12 años o aquellas personas "con capacidad de obrar modificada judicialmente" deberán ser sus representantes legales los que lo soliciten. 

El texto detalla que la rectificación en el Registro Civil "no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la personas con anterioridad al cambio" y especifica, en particular, a los efectos de lo establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género.

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