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España

La juez decana de Madrid propone reducir a un tercio el aforo en los juzgados de Plaza de Castilla

Un militar de la UME vigila fuera de los juzgados ordinarios de Plaza de Castilla.

La juez decana de Madrid, Mª Jesús del Barco, ha propuesto reducir a una tercera parte la afluencia entre sedes judiciales pasando por ejemplo en los juzgados de Plaza de Castilla de 4.500 a 1.164 personas para evitar que las sedes judiciales de la capital se conviertan "en un foco de contagio" de la covid-19.

Así consta en el acuerdo gubernativo, al que ha tenido acceso Europa Press, sobre la ordenación de las sedes judiciales y distribución de las salas de vistas para la reactivación judicial suspendida durante el estado de alarma.

El acuerdo llama la atención en la numerosa afluencia de personas que acogen las sedes judiciales de Madrid, lo que hace que edificios como el de Plaza de Castilla reciba diariamente una afluencia media de 4500 personas y cerca de 4.000 el Registro Civil de la calle Pradillo.

De cara a la reactivación judicial, señala que de la información remitida por la Jefatura del Área Prevención Riesgos Laborales de la Dirección General Infraestructuras Judiciales resulta que, por ejemplo, el aforo de edificios como el de Plaza de Castilla no podría exceder de 1.164 personas, el de los Juzgados de lo Social de Princesa, 3, de 680 personas o los juzgados de Albarracín, 31 de 467 personas y ello a los efectos de poder mantener la distancia interpersonal de 2 metros.

Para la juez decana, ello "obliga a limitar el acceso a los edificios judiciales, respetando el aforo máximo de cada una de las sedes judiciales, potenciando la utilización de los medios telemáticos y, en el ejercicio de la función jurisdiccional, en las labores de policía de sala de vistas que a cada Magistrado corresponden, limitar también dicho acceso a la sala".

De este modo, se quiere evitar que "los edificios judiciales se conviertan en un foco de contagio y propagación del coronavirus, en tanto las autoridades sanitarias mantengan las medidas restrictivas oportunas, con el objeto de proteger y amparar la salud de todos los que prestamos nuestros servicios en este partido judicial".

Priorizar asuntos urgentes

Con carácter general, se recomienda la celebración de actos procesales preferentemente mediante la presencia telemática de los intervinientes para garantizar la protección de la salud de las personas y minimizar el riesgo de contagio. Una vez finalizado el estado de alarma, se propone durante las dos primeras celebrar solo aquellas actuaciones que tengan el carácter de urgente e inaplazable y priorizando siempre la utilización de medios telemáticos.

También recomienda distanciar la hora de los diferentes señalamientos a lo largo de la jornada de modo que, finalizada la declaración, vista o juicio, no coincidan en un mismo espacio, los citados a un acto procesal cuando finalice éste y los del siguiente señalamiento. Un intervalo de 15 minutos entre el tiempo estimado para la celebración de un acto procesal y señalamiento del siguiente podría evitar esa coincidencia.

Durante las primeras semanas, según el acuerdo, propone dar prioridad a aquellos señalamientos en los que sólo es precisa la intervención de los profesionales, sin necesidad de que acudan la parte, testigos o peritos.

Asimismo, propone señalar preferentemente aquellas vistas en las que se ha declarado la rebeldía del demandado. Y en aquellos actos procesales en los que es precisa la intervención de las partes, testigos o peritos, excusarles de permanecer en la sala o en el edificio judicial una vez que haya finalizado aquella intervención.

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